Instituto Asegurador Mercantil ofrece Seguros de ACCIDENTES PERSONALES para PERSONAL DE LA SALUD

 

Hoy más que nunca, el Instituto Asegurador Mercantil valora y reconoce el trabajo imprescindible del personal de la salud y por ello lanza Seguros de Accidentes Personales específicos, tanto para quienes trabajan en centros de salud como en forma independiente, con cobertura en su lugar de trabajo y/o en los traslados que hagan para brindar atención.

“Contamos con los profesionales de la sanidad en todo momento, para atender los problemas de salud de los demás, y ponen su vida en riesgo muchas veces para salvar a otros, pero no tenemos en cuenta que esta profesión exigente y agotadora, necesita protección, principalmente en las circunstancias que hoy nos toca vivir a nivel mundial con la pandemia de COVID-19”, comenta María Luz Gómez, gerente general de la aseguradora.

Esta nueva cobertura los ampara fuera de los Establecimientos de trabajo frente a accidentes de tránsito en transporte público, propio y más aún en vehículos de emergencia. Dentro de los mismos, ante el riesgo de caídas, tropiezos, contacto eléctrico o térmico en la utilización de aparatos o instrumental eléctrico para diagnóstico, reanimación, esterilización teniendo en cuenta el riesgo de altas temperaturas e incluso descargas eléctricas.

También están cubiertos los riesgos por agresiones que sufren no sólo por parte de pacientes o de sus familiares que pueden causarle lesiones físicas, sino también agresiones a consecuencia de hechos delictivos.

El seguro de Accidentes personales de Instituto Asegurador para profesionales de la Salud, tanto en su modalidad de contratación individual como colectiva (grupal), brinda cobertura las 24 hs., los 365 días del año.

Es una herramienta económica, accesible e indispensable que ayuda a afrontar la contingencia inesperada, aportando una indemnización a causa del accidente, y rentas diarias para el caso de internación a consecuencia del accidente, independientemente de otras coberturas brindadas al profesional por los Establecimientos de Salud, que se limitan sólo al espacio laboral en que se desempeña y de importes básicos, en la mayoría de los casos.

COBERTURAS: FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE – INVALIDEZ TOTAL Y PARCIAL PERMANENTE  POR ACCIDENTE -RENTA DIARIA POR INTERNACIÓN POR ACCIDENTE

OPCIONES DE CONTRATACIÓN

  1. Personal  Médico, enfermeros, acompañantes, administrativos que se desempeñan en el interior de los Establecimientos médicos o empresas (*)
  2. Mismo Personal  con circulación in itinere en bicicleta eléctrica, ciclomotor o moto de hasta 200 cc. de cilindrada (**)

(*) INVALIDEZ TEMPORARIA. RENTA DIARIA. Esta renta diaria es aplicable a casos de internación o a partir del primer día de inmovilización de un miembro, a consecuencia de accidente, con un máximo de ciento veinte días.

Exclusiones particulares: participación directa como participante en competencias deportivas; las lesiones consecuencias que no se produzcan por un accidente causado por agentes externos, aún cuando fueran provocadas por un esfuerzo repentino y evidente al diagnóstico, dejándose sin efecto lo establecido al respecto en la Cláusula 2 de las Condiciones Generales de la Póliza.

(**) COBERTURA ADICIONAL CIRCULACION IN ITINERE VEHICULOS DE 2 RUEDAS CON EXTRAPRIMA. Mediante esta cobertura adicional se incluye el riesgo de circulación in-itínere en bicicleta eléctrica, ciclomotor o motocicleta de hasta 200 cc.  Se excluyen de cobertura el uso de los vehículos en competencias de cualquier tipo formales o informales.

 

 

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