Protocolo COVID-19 Para la Industria Aseguradora

Este es el protocolo de actuación para levantar la cuarentena presentado por todo el sector asegurador: las Cámaras empresarias de la industria aseguradora,  FAPASA, el Sindicato, la Cámara de Capitalización Ahorro y Prestámos para la Vivienda.

De esta forma se presenta una propuesta unificada para todos los actores de la actividad aseguradora que hasta el momento no están exceptuados del aislamiento a nivel nacional.

Recordamos que los Peritos y Liquidadores de Siniestros ya fueron autorizados a circular.

Tareas que se Desarrollarán:
1- En las oficinas de las Compañías aseguradoras:
• Habilitación de dotación de personal de mantenimiento de sistemas e instalaciones, necesario para el aseguramiento del teletrabajo.
• Atención al público sólo con turno previo, y cuando sea estrictamente necesario, para recibir consultas, cobranza, emisión y pago de siniestros, salarios y
comisiones.
• Personal necesario para tasaciones, peritajes, liquidación de siniestros. La circulación de inspectores de riesgos (propios de la aseguradora) o contratados,
para realizar una tarea esencial a los efectos de nuevas suscripciones de contratos, cual es la de inspección previa que no se pueda realizar por vía digital.
• Personal de Gerencias y niveles de decisión que requieran necesariamente gestión presencial, y los recursos humanos mínimos para llevar adelante las tareas
indispensables para el funcionamiento de las compañías en la emergencia.
Se permitirá el trabajo en las Cias. de acuerdo al siguiente esquema en tanto las autoridades de las respectivas jurisdicciones autoricen la actividad. En ese sentido
se establece:
– Hasta un 10% en las ciudades CABA, Córdoba, Rosario y Mendoza.
– Hasta un 15% en Ciudades Capitales de Provincia. (excepto Córdoba y Mendoza).
– Hasta un 20% en el resto de las ciudades.
2- Productores Asesores de Seguros, productores asesores en Capitalización y Ahorro, como así también los Brokers, con matrícula vigente:
Teniendo en cuenta su lugar de residencia y el ámbito de cobertura de sus clientes. En los grandes centros urbanos se propone su desplazamiento de acuerdo al siguiente encuadre: Matriculas pares lunes y miércoles y Matriculas impares martes y jueves. Sin autorización los viernes. Esto sucederá siempre que las autoridades de aplicación jurisdiccional lo permitan de acuerdo a la vigencia de las reglamentaciones.
Centros urbanos incluidos: AMBA, Rosario, Córdoba, Santa Fe-Paraná, Mendoza.
Resto del país circulación sin restricciones. Los PAS priorizarán el uso de transporte privado o medios individuales para circular, evitando los medios masivos o transporte público cuando ello sea posible.

Las personas con factores de riesgo deberán seguir en sus hogares.

 

Firman: Alejandro Simón (Pte. ADIRA), Gonzalo Santos Mendiola (Pte. AACS), Carlos Grandjean (Pte. ADEAA), Alfredo González Moledo (Pte. AACMS), Mauricio Zanatta (Pte. AVIRA), Mara Bettiol (Pte. UART), Jorge L. Zottos (Pte. FAPASA), Jorge Alberto Sola (Sec. Gremial y Relac. Laborales del Sindicato del Seguro), y Jorge Paganucci (Pte. ASCAP).

 

Las Cámaras de la Industria Aseguradora y la Cámara de Capitalización Ahorro y Prestámos para la Vivienda y el Sindicato del Seguro de la República Argentina,como asi tambien las asociaciones de productores de seguros y de capitalización somos conscientes de que estamos atravesando un escenario complejo y sin precedentes, no solo como mercado, sino fundamentalmente como país y como sociedad, afrontando el impacto de un problema sanitario de escala mundial.

 

Es por ello que hemos aplicado todas las directrices emanadas del Poder Ejecutivo Nacional inherentes a la salvaguarda de todos los actores de los que día a día hacemos al quehacer de nuestra actividad aseguradora, utilizando en forma intensiva todas las herramientas tecnológicas que hoy permiten canalizar un muy importante volumen de tareas en forma remota.

 

Sin embargo, la progresiva apertura de algunas actividades fundamentales y la nueva estrategia del DNU 408/20 en cuanto a la evaluacion que por regiones se hara para permitir la apertura gradual de otras actividades, a fin de mantener funcionando el entramado socio económico, también requiere del soporte necesario que nuestra industria debe asegurar.

 

En este marco, en un trabajo conjunto entre las representaciones empresarias, los productores asesores y los representantes de los trabajadores, y con el objeto de permitir el fluir razonable de las actividades en nuestra industria como respaldo del resto de la actividad económica que está funcionando, hemos elaborado el presente protocolo de trabajo para esta emergencia, de aplicación obligatoria para aquellas Compañias que decidan hacer la apertura de sus oficinas.

 

En todos los casos debe primar la plena vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio en cuanto sea posible, siendo ese el principio rector del presente protocolo:

 

Tareas que se Desarrollarán:

 

 

  • En las oficinas de las Compañías aseguradoras:
    • Habilitación de dotación de personal de mantenimiento de sistemas e instalaciones, necesario para el aseguramiento del

 

  • Atención al público sólo con turno previo, y cuando sea estrictamente necesario, para recibir consultas, cobranza, emisión y pago de siniestros, salarios y comisiones.

 

  • Personal necesario para tasaciones, peritajes, liquidación de siniestros. La circulación de inspectores de riesgos (propios de la aseguradora) o contratados, para realizar una tarea esencial a los efectos de nuevas suscripciones de contratos, cual es la de inspección previa que no se pueda realizar por vía

 

  • Personal de Gerencias y niveles de decisión que requieran necesariamente gestión presencial, y los recursos humanos mínimos para llevar adelante las tareas indispensables para el funcionamiento de las compañías en la

 

 

Se permitirá el trabajo en las Cias. de acuerdo al siguiente esquema en tanto las autoridades de las respectivas jurisdicciones autoricen la actividad. En ese sentido se establece:

 

  • Hasta un 10% en las ciudades CABA, Córdoba, Rosario y

 

  • Hasta un 15% en Ciudades Capitales de Provincia. (excepto Córdoba y Mendoza).

 

  • Hasta un 20% en el resto de las

 

  • Productores Asesores de Seguros, productores asesores en Capitalización y Ahorro, como así también los Brokers, con matrícula vigente:

 

Teniendo en cuenta su lugar de residencia y el ámbito de cobertura de sus clientes. En los grandes centros urbanos se propone su desplazamiento de acuerdo al siguiente encuadre: Matriculas pares lunes y miércoles y Matriculas impares martes y jueves. Sin autorización los viernes. Esto sucederá siempre que las autoridades de aplicación jurisdiccional lo permitan de acuerdo a la vigencia de las reglamentaciones.

 

 

Centros urbanos incluidos: AMBA, Rosario, Córdoba, Santa Fe-Paraná, Mendoza.

Resto del país circulación sin restricciones. Los PAS priorizarán el uso de transporte privado o medios individuales para circular, evitando los medios masivos o transporte público cuando ello sea posible.

 

 

 

La Industria aseguradora se compromete a fomentar y mantener lo máximo posible el trabajo remoto en esta coyuntura, para preservar la salud de sus empleados, sus clientes y la sociedad en general.

 

 

 

Por otro lado las Empresas se comprometen en comunicar a sus trabajadores lo dispuesto por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en la Res SRT 29/2020 (recomendaciones y medidas de prevención en los ámbitos laborales y afiche digital) y en la Disposición GG 5/20 de recomendaciones especiales para: 1) trabajadores exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, 2) el desplazamiento hacia y desde su trabajo, 3) utilización de elementos de protección personal y 4) correcta colocación y retiro de protector respiratorio.

 

Es importante destacar que dentro de las personas que desarrollen las actividades presenciales permitidas en el presente protocolo, quedan especialmente excluidas aquellas que:

  • Sean Mayores de 60 años.
  • Trabajadoras con embarazo en
  • Hayan ingresado al país proveniente del exterior en los últimos 14 días.
  • Hayan tenido síntomas compatibles con el virus en los últimos 14 días.
  • Hayan tenido contacto directo con personas ingresadas desde el exterior en los últimos 14 días, o hayan éstas manifestado síntomas compatibles con el Coronavirus en los últimos 14 días.
  • Posean las enfermedades prexistentes de riesgo determinadas por la autoridad pública.

La totalidad de las personas que cumplan las funciones presenciales que se asignen, deberán efectuar la declaración jurada de salud de acuerdo a las normativas vigentes en cada jurisdicción. Se recomienda que todo el personal cuente con la aplicación de la vacuna antigripal 2020.

 

 

En el caso de que cualquier trabajador se encuentre cumpliendo funciones presenciales en el ámbito de la empresa– o su grupo familiar conviviente- presente síntomas compatibles con la enfermedad deberá notificarlo en forma urgente y cesar en forma inmediata de cumplir funciones, procediéndose al aislamiento obligatorio por el plazo de 14 días. Igual medida se tomará con todo el personal que se encuentre desarrollando funciones en el sector donde cumplió tareas el trabajador, como así también los demás trabajadores que hayan tenido contacto directo con el mismo, todo ello por el plazo de 14 días.

 

 

Se comunicará esta situación en forma inmediata a las autoridades sanitarias de contralor facilitando toda la información necesaria para el seguimiento y control correspondiente. También se dará curso informativo a la Obra Social del Sindicato del Seguro (OSSEG), en la medida que el trabajador se encuentre afiliado a dicha obra social.

Con este objetivo nos hemos comprometido a aplicar y cumplir el siguiente Protocolo adecuado a los requerimientos que cada jurisdicción establezca.

 

 

  1. Ingreso restringido del público relacionado a la capacidad operativa de la unidad, con un espacio interior de espera igual o menor al número de puestos activos, siempre respetando la distancia de seguridad sanitaria entre los clientes, de éstos en relación a los trabajadores, así como entre los propios

 

  1. Limpieza y desinfecciones, se instrumentará la limpieza y desinfección de los puestos de atención al público, cada una hora. Tarea que coincidirá con el “turno de lavado de manos” del trabajador a cargo del puesto donde se realiza la

 

  1. Aireación del

 

  1. Limpieza total de pisos como lo recomienda la OMS (dos trapeados) antes del inicio del ingreso del público y

 

  1. Provisión de elementos de protección individual a saber: alcohol en gel, barbijo, jabón líquido antibacterial. En los puestos de atención al público se agregarán guantes.

 

  1. Colocación de separadores/mampara, en los puestos de atención al público, que protejan tanto al trabajador como al usuario, estableciendo una barrera física a la posibilidad de contagio vía expulsión de

 

  1. Guarda estricta del distanciamiento interpersonal, tanto de trabajadores como de usuarios a la distancia mínima 1,50 mts. en ámbitos ventilados, y 2 mts. en los cerrados como lobbies y puestos de

 

  1. Curso presencial o a distancia sobre manejo y utilización de los elementos asignados.

 

  1. Instrucción a las autoridades y seguimiento de los responsables de cada área para que reduzcan al mínimo indispensable la presencia de los trabajadores en los lugares de

 

  1. Campaña de afiches, señaladores, propaganda en medios tendientes al uso racional de las tecnologías a

 

  1. Mantenimiento estricto de las licencias para personas de riesgo y por cuidado de hijo en edad escolar, con íntegro goce de

 

  1. A las personas que posean contacto con el público asistente, además de las medidas de higiene y protección generales se les brindará un kit de desinfección compuesto por alcohol en gel, lavandina, pañuelos descartables, barbijos y guantes, indicándose el periodo de recambio de tales elementos. Se recomienda que luego de cada atención se proceda a la desinfección del espacio de atención utilizado.

 

  1. La totalidad de las personas que asistan a la empresa deberán ingresar con barbijo en forma

 

  1. Se priorizará el uso de transporte privado cuando ello sea posible y cada empresa podrá coordinar con sus empleados la modalidad de aplicación.

 

  1. Como medida preventiva, en esta etapa de flexibilización gradual, se recomienda la medición de la temperatura corporal de los empleados al ingreso de la jornada laboral. En caso que la temperatura corporal supere los 37 º el trabajador no podrá ingresar a prestar

 

  1. En las empresas que se encuentren en las jurisdicciones autorizadas, y en la medida que las dotaciones lo permitan tanto en cantidad o bien por las restricciones sanitarias de este mismo protocolo, se establecerán grupos de trabajo presenciales, cuyo número de integrantes estará conformado en relación al aislamiento administrado Desempeñarán sus tareas por 14 días, siendo luego reemplazados por otro grupo similar en número, por igual período. Generándose de esta forma la rotación pertinente. Detectado síntomas o presencia de COVID9, se aplicará el procedimiento indicado ut supra.

 

  1. En cuanto sea posible y conforme a las tareas a desarrollar, las empresas habilitarán jornadas flexibles de trabajo con el propósito de desalentar los traslados en horarios

 

  1. Las empresas informarán a la representación gremial, la cantidad de integrantes de los equipos rotativos que desarrollarán tareas en las distintas áreas, así como darán a conocer a los representantes de los trabajadores las medidas de prevención e higiene y seguridad

 

 

Se llevarán a cabo gestiones ante los municipios, reparticiones públicas, fuerzas de seguridad pública, defensa civil y a quién corresponda para velar por el distanciamiento interpersonal, la seguridad edilicia y de las personas.

 

 

Alejandro SimónGonzalo Santos MendiolaCarlos Grandjean
Pte. ADIRAPte. AACSPte. ADEAA

 

 

 

 

Alfredo González MoledoMauricio ZanattaMara Bettiol
Pte. AACMSPte. AVIRAPte. UART

 

 

 

Jorge Alberto SolaJorge PaganucciJorge Zottos
Sec Gremial y Relac Laborales

Sindicato del Seguro

Pte. ASCAPPte. FAPASA

 

 

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