En su acuerdo semanal de anteayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en el caso “Fontana, Mariana Andrea cl Brink’s Argentina S.A. y otro”, dejando sin efecto una decisión de la Sala 111 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, “con arreglo a la conocida doctrina del Tribunal sobre arbitrariedad de sentencias”.
Sigue así la línea impuesta en los casos “Marando”, “Flores” y otros.