Coberturas de Incendio y el infraseguro

ESPECIAL PARA EL SEGURO EN ACCIÓN.

Por Patricia Cannatelli, Productora Asesora de Seguros, especialista en Capacitación y Asesoramiento en Seguros, Admin de Riesgos y RR.HH.

Al momento de asegurar un bien, se suscita el “problema” de indicar al asegurador cuál es el valor del objeto del seguro, a este valor se lo conoce como suma asegurada simple, normalmente atribuido por el titular del bien a asegurar. Este importe es la cantidad máxima a la que está obligado el asegurador al momento del siniestro.

Para estar plenamente asegurado tiene que suceder que la suma asegurada coincida con el “valor real» del bien, es decir, que la cantidad que se fije en la póliza refleje con exactitud el valor del bien. En caso de siniestro, la indemnización coincidirá totalmente con el valor del daño sufrido. Muchas veces sucede que no coincide la suma asegurada con el valor real del bien. Uno de los graves problemas que se está presentando en este momento en el mercado asegurador es el del infraseguro, lo que implica que la suma asegurada es inferior al valor real.

Actualmente según cifras obtenidas por los estudios de liquidadores del mercado, el 93,60% de las pólizas de incendio vigentes están en infraseguro, con un valor promedio del 52% de los valores reales. También las estadísticas demuestran que en caso de propiedades con grandes superficies (superiores a 2000m2) el porcentaje de infraseguro es menor.

También se sabe que en Argentina sólo el 26% de las viviendas se encuentra asegurado contra incendio. En el caso de los Consorcios de Copropietarios este porcentaje aumenta aproximadamente al 70%, pero estas cifras se deben a que por ley de Propiedad Horizontal es obligatoria la contratación de la póliza. En el caso de comercios e industrias, también es mayor el porcentaje de cobertura. Lamentablemente en la mayoría de los casos sí es alto el porcentaje de infraseguro, es decir que están mal protegidos.

Estas diferencias surgen por diferentes situaciones:

a. Infraseguro de origen: El asegurado elige una suma asegurada menor a la real con el afán de reducir el costo de la póliza, lo que no analiza es que esta elección seguramente será mucho más cara al momento del siniestro O bien el asegurado desconoce el valor real de sus bienes

b. Fluctuación de existencias: Ya sea por incorporación de bienes o por cambios de los mismos. Esto también sucede en actividades “estacionales”, son aquellas que, según su especificidad, un aumento de bienes en el local, como jugueterías (crecen las existencias de mercaderías para el día del niño o Navidad),otras

c. Por inflación: Durante la vigencia de la póliza, la devaluación monetaria provoca el aumento del valor de los bienes y éstos no se han mantenido actualizados Actualmente con una inflación del orden de entre 8 y 10% mensual, en breve espacio de tiempo el asegurado se enfrenta a un infraseguro.

Es importante saber que existen coberturas como la de incendio, en la que se aplica la regla proporcional, esto significa que ante una suma asegurada menor que el valor real del bien, al momento del hecho dañoso, el asegurador indemnizará en proporción al infraseguro:

Por ejemplo:

Un bien vale en plaza $1.000.000, supongamos que se asegura a $500.000 (la mitad del valor real), al momento del siniestro, si se quemó una parte del riesgo y el costo del arreglo es $300.000, el asegurador indemnizará $150.000, es decir la mitad del daño, en idéntica proporción al infraseguro.

Para lograr una buena cobertura, debería tenerse en cuenta:

En edificios: los metros cuadrados cubiertos y verificar el valor de construcción del mismo, es conveniente que sea a nuevo, para evitar la depreciación por antigüedad. Estos datos varían según los distintos barrios de la Capital Federal o las distintas ciudades del interior del país, también de acuerdo a la calidad de la construcción y si se trata de viviendas o instalaciones industriales. Hoy existen páginas web que nos otorgan esta información

En contenidos: el valor de reposición de los bienes

En mercaderías: el valor de compra de la mercadería

En maquinarias: el valor de reposición de la máquina, en caso de inflación adicionar las cláusulas de ajuste y de reposición a nuevo.

También es útil adicionar a las pólizas distintas cláusulas que permitan lograr una mejor cobertura, como:

Cláusula de ajuste automático:

Es aquella por la cual el asegurador se compromete a contemplar la variación del valor del bien asegurado entre aquel que figure como capital asegurado o suma asegurada en póliza contra el valor de mercado, en hasta un porcentaje especificado en la póliza. Este porcentaje puede variar de 10% al 100%, todo depende de las condiciones comerciales del asegurador. Para que esta cláusula sea de aplicación efectiva, la suma asegurada original (al momento de la contratación), debe coincidir con el valor re al del bien.

Cláusula de estabilización de suma asegurada:

Es aquella por la cual las sumas aseguradas de la póliza se incrementarán automáticamente en proporción al aumento que, desde la contratación del seguro, arroje el valor del bien asegurado al momento del eventual siniestro y, hasta el porcentaje máximo indicado en el frente de póliza. Si al momento de ser contratado el seguro, la suma asegurada original era inferior al valor del bien asegurado, el asegurador indemnizará el daño en la proporción que resulte de ambos valores.

De lo anteriormente expresado, no caben dudas que los bienes se deben amparar con las sumas aseguradas correctas, desde el comienzo de la póliza y, además tener al día los valores a riesgo y que toda modificación sobre los bienes, ya sea en una vivienda particular, o en el desarrollo de una actividad comercial, industrial o profesional deben ser notificados. A efectos de un siniestro, el asegurado recuperará el verdadero valor del bien sólo cuando la suma asegurada sea la correcta.

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