NUEVOS MEDIOS DE PAGO DE SEGURO

¿Cómo se van a poder pagar los seguros?

Les queremos contar cómo se podrán pagar los seguros y de qué se trata la norma complementaria de la resolución 40.541.

Se podrán cobrar los seguros a través de:

  • Transferencias bancarias
  • Débitos directos
  • Depósitos
  • Tarjetas prepagas no bancarias
  • Billetera virtual
  • Pagos electrónicos
  • Cheques cancelatorios
  • Cheques de terceros endosados por el asegurado o tomador de la póliza
  • Entidades especializadas en cobranza (cadenas de pagos de servicios)
  • Efectivo, con comprobante de pago emitido por un controlador fiscal homologado por AFIP y registrado por la SSN y hasta la suma de $1000.
  • Cualquier medio electrónico de pago habilitado por el BCRA que podrán chequear en el siguiente link: Click acá

La implementación de estos medios de cobro permite trazar los fondos. Además se elimina el libro de registro de cobranzas que los PAS debían llevar, y ya no es aplicable el cartel que mencionaba la imposibilidad de recibir efectivo.

¿A partir de cuándo entra en vigencia y para qué montos?

A partir del 1ro de septiembre de 2017, los cobros de pólizas anuales que superen los $20.000.
A partir del 1ro de diciembre de 2017, los cobros de pólizas anuales que superen los $10.000.
Y a partir del 1ro de marzo de 2018, aplicable a los montos anuales por arriba de $1.000 (hasta $1.000 se pueden pagar en efectivo mediante el uso de controladores fiscales).

Por cualquier duda o consulta que tengas, podés escribirnos por Twitter en nuestra cuenta @ssn_ar, por e-mail a [email protected] o llamarnos por teléfono al 0800-666-8400 o 4338-4000.

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