La nueva resolución 41155/2017 de la Superintendencia de Seguros de la Nación propone cambios en las reservas que las compañías deben tener por juicio para que éstas puedan cumplir con los compromisos asumidos. El objetivo es promover la reducción de la litigiosidad, incentivar la cancelación de juicios para lograr un sistema solvente a largo plazo que garantice los derechos de los trabajadores y agilice el cobro de las prestaciones.
En el caso de las Reservas Globales, el mínimo pasa de $137.800 a $165.000 por juicio siendo actualizable por la tasa activa del Banco Nación, conforme a la Ley Complementaria sobre Riesgos de Trabajo 27.348. Las compañías que con el nuevo esquema no alcancen el mínimo de reserva global por juicio tendrán hasta ocho trimestres para constituir el pasivo, a partir del cierre de balance marzo 2018.
Las reservas por caso, que protegen las posibles obligaciones que pudieran surgir de indemnizaciones y coberturas para los trabajadores accidentados, serán actualizables por tasa nominal activa del Banco Nación. Esto se aplicará para los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que hayan ocurrido después del 5/3/2017 (en concordancia con la entrada en vigencia de la Ley 27.348).
Además, se liberará la totalidad de las Reservas de Contingencia y hasta un 70% de las Reservas IBNR e IBNER, para que exclusivamente cancelen los juicios que actualmente están en cartera (el stock), sobre accidentes laborales o enfermedades profesionales sucedidas antes del 5/3/2017. Las compañías podrán utilizar dichas reservas exclusivamente para cancelar juicios hasta el 30/6/2019.
Fuente: Comunicado de la SSN