Fuente: UART.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ha dispuesto por acordada 31.082 la integración del “Cuerpo Interdisciplinario Oficial de Peritos del Fuero Laboral”, según lo establecido por la Ley 27.348 de 2017, disponiendo la incorporación de 5 profesionales médicos.
Frente a la elevada litigiosidad existente, resulta inexplicable que las demás provincias adheridas a la Ley 27.348 no cuenten con este instituto de expertos convocados por concurso, previsto por la ley hace ya 6 años.
Mendoza se ha convertido en la primera provincia en contar con un cuerpo de peritos médicos, convocado por concurso de antecedentes, para mensurar las incapacidades producto de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
La medida implica un importante paso adelante en la calidad de la tarea pericial, lo que significa también una mejor administración de la justicia. Las ventajas que ofrece contar con un cuerpo médico forense son evidentes:
La jerarquización de la labor pericial mediante el profesionalismo de sus integrantes elegidos por concurso de antecedentes y no por simple anotación en un listado, recibiendo luego causas por sorteo.
La equidad en el tratamiento de los trabajadores, a misma dolencia, misma evaluación a la hora de peritar las incapacidades derivadas de un accidente laboral tomando como vara objetiva el Baremo de ley (Tabla de Valoración de Incapacidades), asegurando a todos igual trato y,
La remuneración desacoplada de la sentencia y establecida en función del acto médico.
Estos criterios cumplen lo exigido por la Ley y contribuyen a preservar el Sistema de Riesgos de Trabajo que, en sus 27 años de existencia, ha apostado a la mejora continua, al punto de convertirse en un aspiracional para los trabajadores que no disponen de una cobertura que garantice una reparación inmediata, integral, automática y de calidad frente a un siniestro laboral.
Litigiosidad imparable. Sin embargo, este sistema se sigue encontrando amenazado por una litigiosidad creciente anclada en un hecho paradojal. Es que conforme decrece la accidentabilidad y el índice de fallecimientos (-78% y 16.500 vidas salvadas) en el entorno laboral, fruto del compromiso con las actividades de prevención de todos sus actores, la litigiosidad ha venido aumentando, alentada por honorarios periciales acoplados al monto de la sentencia. Tal y como sucede en demás jurisdicciones que, a pesar de haber adherido a la Ley 27.348, no han conformado aún, inexplicablemente, sus cuerpos médicos forenses.
Mendoza detentaba en 2022 el 3° lugar en el ranking nacional de demandas por accidentes laborales y enfermedades profesionales. En los 5 primeros meses de 2023, acumuló más de 3.200 nuevas demandas. A partir de ahora, deberían disminuir los incentivos a litigar, al unificar los criterios de evaluación (en las distintas instancias de evaluación se utiliza el mismo criterio) y al desacoplar los honorarios de los peritos del resultado del juicio.
La provincia cuyana brinda un ejemplo de seriedad en el cumplimiento de la ley y sienta las bases para un sistema laboral más justo y competitivo. De funcionar conforme lo previsto, su contribución también debiera traer alivio a una justicia saturada y con enormes sobrecostos por la judicialización exacerbada.
Link a la Acordada: https://jusmendoza.gob.ar/spa-inicio/