Mediante sendas Resoluciones fechadas el 19 de junio ppdo., el Organismo de Control resolvió -respecto de cada una de ellas-:
- Prohibirles celebrar nuevos contratos de reaseguros.
- Realizar actos de disposición respecto de sus inversiones.
- Disponer la inhibición general de sus bienes.
En todos los casos, en los Considerandos de la medida se señala que:
- Las medidas se basan en comprobaciones en los balances al 30/3/2017.
- Se da cuenta de la decisión de presentar ante esta Superintendencia un Plan de Reconversión en los términos de la Resolución 40.422 (Esto en cuanto a cuatro empresas. En el caso de Reaseguradora del Sur, se deja constancia de que presentó dicho Plan).
- Se indica que la entidad no adhirió al “Régimen de Adecuación Gradual de Capitales Mínimos”
- Que las reaseguradoras presentan déficit de capital, conforme reproducimos al pie, en cada caso.
- Que las situaciones expuestas precedentemente se enmarcan en el supuesto normado por el artículo 86 inciso b) de la Ley 20091, por lo que cabe adoptar respecto de la entidad las medidas cautelares consagradas en el citado artículo.
- Se deja constancia de que la Resolución es recurrible en los términos de los Artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091.
LATIN AMERICAN RE S.A.
Déficit al 31.03.2017 de $ 289.627.320
NOVA RE COMPAÑÍA ARGENTINA DE REASEGUROS S.A.
Déficit al 31.03.2017 de $ 297.389.713
COMPAÑIA REASEGURADORA DEL SUR S.A.
Déficit al 31.03.2017 de $ 303.952.054
INTÉGRITY REASEGUROS ARGENTINA S.A.
Déficit al 31.03.2017 de $ 293.004.032
NRE COMPAÑIA DE REASEGUROS S.A.
Déficit al 31.03.2017 de $ 314.868.839
Nota:
Sugerimos la lectura del análisis que, respecto de esta cuestión, ha realizado el especialista Juan Pablo Chevallier-Boutell, según publicamos en la presente edición.