LA SSN DEJÓ SIN EFECTO EL REGISTRO DE ABOGADOS

Como lo informamos oportunamente, la Resolución 40.834 (15/9/18), fijó un nuevo régimen de aprobación de condiciones contractuales, estableciendo en su artículo 6º que “Los abogados que suscriban las Declaraciones Juradas previstas en el punto 23.3.2.c) del Reglamento General de la Actividad Aseguradora modificado por la presente Resolución, deben estar inscriptos previamente en el Registro que será creado a tal efecto”.

Pero ahora ha dispuesto dejar sin efecto el aludido Registro. Una decisión elogiable, que desburocratiza el trámite.

 

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