El reclamo ante el asegurador y la instancia de mediación prejudicial

Por el Dr. Nicolás Cintrán, abogado, Director del Instituto de Seguros del Colegio de Abogados de Morón, y Socio del Estudio Bolado, Cintran & Ciancaglini.

ESPECIAL PARA EL SEGURO EN ACCION

La prueba de fuego en la relación contractual y comercial entre asegurado y asegurador es sin dudas el siniestro. Es allí donde uno y otro fijan sus posiciones, las que muchas veces no son coincidentes. Ello implica que el asegurado, que no ha visto colmadas sus expectativas por parte del asegurador, deba entonces buscar alternativas para resolver el conflicto.-

Las situaciones más comunes por las cuales asegurado y asegurador pueden no estar de acuerdo, pueden ser de índole variada, entre ellas, podemos encontrar las Compañías de Seguros con muy mala conducta reputacional (que lamentablemente cada vez son mas!!!), las que habitualmente solo se interesan por desarrollar su sector comercial, para vender más y obtener el mayor adelanto y flujo de primas posibles, pero que al momento de pagar los siniestros, intentan valerse de toda metodología obstruccionista a su alcance, con la finalidad de evadir el cumplimiento de su obligación principal en el contrato de seguro, y que además,  lo hacen con aparente o cierta pasividad por parte del organismo de contralor.-

Por otra parte, pueden darse desacuerdo o situaciones relacionadas con elementos exógenos al contrato de seguro, como puede ser el crecimiento desmedido de la inflación y el consiguiente infraseguro en los contratos. Lo que puede generar que al momento del siniestro pueda verse afectada la indemnización que debería recibir el asegurado.

También suelen darse situaciones de coyuntura política y económica, como la que está atravesando actualmente el país. Un claro ejemplo de ello podría ser la falta de repuestos de vehículos, que ya sea por imposibilidad o la demora en las importaciones, sumado al agravante de la creación de nuevos impuestos al sector, genera que el asegurado no pueda contar en tiempo y forma con la reparación de su vehículo, en las condiciones que estipula la relación contractual.-

Ante estas situaciones, es muy común que el asegurado acuda a su PAS de confianza, para que lo asesore, acompañe y ayude con el reclamo administrativo al asegurador. Que en muchas ocasiones puede verse frustrado en su solución, ante la falta de respuesta del asegurador, o la demora injustificada en la respuesta, rechazo “automático” del siniestro, o incluso la falta absoluta de tratamiento en los canales de comunicación que el asegurador debería tener para con su asegurado.-

Y es aquí donde el productor asesor de seguros puede verse limitado en el acompañamiento del asegurado, pues agotada la instancia del reclamo administrativo, es necesario recurrir a otra instancia de resolución de conflictos que puede ser previa y obligatoria al litigio, con la participación necesaria de un abogado.

Tanto en el ámbito de la jurisdiccional de la Justicia Nacional en Capital Federal (ley 26.589), como en la Provincia de Buenos Aires (13.951) rige la mediación prejudicial. Es decir que los asegurados que no encuentran respuesta con el reclamo administrativo, o que la misma es insatisfactoria, pueden recurrir a esta instancia para intentar obtener lo reclamado. 

Existen además otras instancias previas y canales, donde el asegurado podría recurrir, como ser: Defensa del Consumidor,  CoPreC, el DOAA, etc, pero a criterio personal, la vía de la mediación prejudicial es la idónea, adecuada y efectiva para estas situaciones, ya que cerrada esta instancia, solo queda para avanzar la vía judicial.

Y ello puede generar que algunas Compañías de Seguro, habitualmente renuentes a las pretensiones de los asegurados mediante reclamo administrativo, vean en esta instancia, la última posibilidad de acuerdo antes de judicializar el siniestro. Además, en esta instancia se destaca la participación de un mediador independiente, profesionalmente capacitado para la tarea y de los abogados que patrocinaran a las partes, por lo que el reclamo se profesionaliza, existiendo en la discusión un análisis técnico legal de los derechos y obligaciones de cada una de las partes.

También es cierto, que una vez abierta la instancia de la mediación, es requisito obligatorio para los aseguradores, la correcta registración del reclamo y de las reservas pertinentes. Y es común, que las propuestas indemnizatorias tiendan a ser más generosas en esta instancia, para evitar el juicio que claramente encarecerá aún más el costo del siniestro.-

En líneas generales podemos decir que la instancia de mediación es practica y muy beneficiosa, ya que la mayoría de la Compañías de Seguros se presentan a la mediación y gestionan los reclamos, logrando un amplio margen de acuerdos.

Como contrapartida podemos mencionar las malas Compañías de Seguros, que a contrario sensu, no gestionan los reclamos aun en esta instancia de mediación, o incluso siquiera se presentan en esta instancia, obligando al asegurado a transitar el camino del litigio judicial para obtener el cumplimiento de sus derechos.-

Como colofón podemos concluir que la experiencia de la mediación en el ámbito del mercado de seguros es muy positiva, no solo porque logra que una buena parte de los conflictos lleguen a buen puerto, sino que además, hace la suerte de dique de contención para el sistema de gestión judicial, evitando colapsar más aun a los tribunales.-

Pero si quisiéramos avanzar un poco en la búsqueda de más y mejores soluciones a esta problemática, podríamos mencionar algunos proyectos de reforma de la ley de seguros 17.418 del año 1968, que contenían la interesante idea de la “oferta fundada”, la cual establecía una suerte de premios o castigos a las partes que no habían ofrecido o aceptado propuestas “razonables” o “adecuadas” dentro del ámbito de la mediación.

La oferta fundada establece un serio incentivo para resolver el conflicto en el ámbito de la mediación, idea que seguramente aumentaría la ratio de acuerdos en esta instancia, con la consecuente baja de la litigiosidad. Lamentablemente estos proyectos fueron perdiendo estado parlamentario y quedaron olvidados de la agenda política nacinal.

Esperemos que la nueva conformación del Congreso de la Nación y el nuevo movimiento político que se hará cargo del Poder Ejecutivo Nacional a partir del 10 de diciembre, y a pesar de las urgencias que la Argentina enfrenta, retomen y aborden este tema u otros mejores en la agenda y contribuyan a mejorar el mercado de seguros.- 

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