ASEGURADORAS: CAMBIOS EN EL TRÁMITE DE LA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR

El Organismo de Control acaba de difundir la Resolución 125/2018, modificando parcialmente el Reglamento General de la Actividad Aseguradora, en lo referente al asunto del rubro.

Si bien en principio la norma parece traer consigo un incremento de las exigencias en lo relativo al trámite de autorización de entidades aseguradoras, la realidad es que la mayoría de los requisitos ya se exigían en la práctica, salvo la novedad de ANEXO del punto 8.1 (FORMULARIO SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA OPERAR – CONSTITUCION – ESTATUTO).

En cuanto a los trámites de reformas estatutarias (con o sin aumento de capital) y de fusión y escisión de aseguradoras y reaseguradoras, aquí sí existe un  reordenamiento e incremento de exigencias. Y tiene un alcance mayor, habiendo incorporado el ANEXO del punto 8.2 (FORMULARIO REFORMA DE ESTATUTO Y/O AUMENTO DE CAPITAL) y el ANEXO del punto 46.2 FORMULARIO FUSION Y/O ESCISION.

En todos los casos aquí tratados, la SSN refuerza la idea de que el único camino a transitar es lograr previamente las autorizaciones de la SSN, para luego completar los tramites de inscripción en el Órgano de Control Societario (la IGJ).

 

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