Mediante el dictado de la Resolución 40.032 (5/9/16), publicada en el Boletín Oficial de hoy, la SSN dispuso:
- Incluir a INTER SERVICIOS INTEGRALES S.A. (ahora INTER PRODUCTORA DE SEGUROS S.A.) en la INHABILIDAD prevista en el Artículo 8° inciso g) de la Ley N° 22.400 (*).
- Rechazar la inscripción de INTER SERVICIOS INTEGRALES S.A. (ahora INTER PRODUCTORA DE SEGUROS S.A.), en el registro de Productores Asesores de Seguros en función a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Resolución.
- Disponer la INHABILITACIÓN del Productor Asesor de Seguros D. Pablo Francisco PEREZ (Matrícula N° 55.439) por CINCO (5) años en los términos del Artículo 59 inciso d) de la Ley N° 20.091.
Las actuaciones tuvieron inicio hace tres años, en base a numerosas denuncias relativas al accionar ilegal de los aquí mencionados.
En la actualidad este caso, como asimismo muchísimos otros que pululan por Santiago del Estero, Catamarca, Tucumán, Salta y Jujuy, se han convertido en una verdadera plaga que asola a toda esa región, materia respecto de la cual estamos preparando un Informe especial.
Por ello: enhorabuena por la noticia (aunque demorada más de lo deseable…).
R.J.C.
(*):
“Artículo 8º: No podrán inscribirse en el Registro de Productores Asesores de Seguros:
(…) g) Quienes operen como productores asesores durante la vigencia de la presente ley sin estar inscriptos y quienes sean excluidos del Registro por infracciones a la misma, sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 13.
La autoridad de aplicación dispondrá la cancelación o suspensión de la inscripción de las personas que, después de estar inscriptas en el Registro queden comprendidas o incurran en las inhabilidades establecidas en el presente artículo, a cuyo fin llevará un registro especial”.
¡Esto sí es una buena noticia!
¡Los oscuros e inadaptados PAS y Organizaciones, afuera!
Pablo Catalano (PAS-Mendoza)
No entiendo? Si estan inhabilitados, por que siguen trabajando?