¿Qué dice la nueva normativa sobre Garantía de Cumplimiento para la Red Federal de Concesiones?

La SSN emitió la Resolución 157 aplicable a las licitaciones y los contratos de Seguro de Caución en Garantía de Cumplimiento para la Red Federal de Concesiones.
Es una buena noticia porque de esta manera se establece un marco para este producto brindando una solución razonable tanto para el mercado asegurador como para los tomadores de la cobertura, es decir, el Estado.
La Asociación Argentina de Compañías de Seguros, ha estado aportando información al respecto, en un trabajo conjunto con la Superintendencia de Seguros de la Nación y el área de Infraestructura del Ministerio de Economía.
La norma es positiva, ya que se mantiene el mercado condicional, aclarando cuál es el mecanismo previsto para la ejecución de las garantías: el agotamiento de la vía administrativa, que se realiza dentro de la misma órbita del Estado.
El mecanismo de ejecución de las garantías ya no depende de la resolución de un juicio, algo que demoraba mucho la posibilidad de que el Estado cobrara por el incumplimiento de algún contratista o proveedor. Ahora, una vez determinado el incumplimiento del contrato, el trámite para verificar tal incumplimiento se lleva a cabo en la vía administrativa del Estado. De esta manera, se acortan los plazos.
Por otra parte, es positivo que se haya mantenido el formato de garantía tradicional del mercado argentino. La otra opción, la ejecución a primera demanda, tiene menor oferta de capacidad, con un reaseguro más limitado, con menor nivel, y con tasas más elevadas.
Ahora resta que los próximos pliegos de concesión recepten esta normativa de la SSN.
A continuación, el texto completo de la Resolución.
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