Fijan Plazo hasta el 31 de Mayo para el Registro de Empleados Porteños

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció la fecha límite para que las empresas radicadas dentro del distrito presenten el informe anual detallado sobre sus trabajadores.
De esta manera, la norma vigente acerca del registro Web de los empleadores fija que “la carga de información requerida para el ejercicio fiscal 2011, deberá realizarse antes del 31 de mayo próximo”.
Es importante remarcar que el requerimiento recae exclusivamente sobre aquellos empleadores que ostenten domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires y sobre aquellos que posean establecimientos localizados en el distrito.
Por su parte, una vez que el trámite se encuentre finalizado las empresas recibirán una constancia anual que se deberá presentar al momento de efectuar las diligencias de rúbrica de la documentación laboral o cada vez que un inspector del Ministerio del Trabajo porteño lo requiera.
En tal sentido y para facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la obligación, el gobierno de Mauricio Macri colocó a disposición de las firmas un instructivo detallado que explica las claves para realizar la declaración.
Así, se aclara que se deberá detallar la información general de los empleados, cantidad de trabajadores y establecimientos de la compañía y tipos de contrato, entre otros ítems.
Por otra parte, se le solicita a las firmas que iniciaron sus actividades durante el presente año que no realicen el registro debido a que la carga de datos corresponde a aquellos empleados que hayan ejercido sus actividades el año pasado.
Los pasantes no tendrán la obligación de ser declarados al igual que aquellos que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la compañía. En contraposición, los empleados con modalidad de contrato eventual que formen parte de la empresa al 31 de diciembre pasado sí tendrán que figurar en el registro.
Fuente: Abogados.com.ar  24 de abril 2012

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