La SSN, la Secretaría de empleo del Ministerio de Trabajo y el INADI firmaron un convenio de cooperación mutua.

La Superintendencia refrendó un convenio para el desarrollo de acciones en materia de diversidad sexual en el marco del plan integral para la promoción del empleo

Al momento de firmar el acuerdo en la sede del INADI, los actores involucrados, Lic. Juan Bontempo, Superintendente de Seguros de la Nación; Lic. Pedro Mouratian, Interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo; Lic. Enrique Deibe, Secretario de Empleo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; coincidieron en que se trata de un convenio de acción que ratifica y da marco al trabajo que ya venían realizando.

Las tres dependencias gubernamentales acordaron en la necesidad estratégica de instrumentar acciones destinadas a remover las dificultades de acceso a un empleo digno y de calidad derivadas de la diversidad sexual de las y los trabajadores. Con particular atención en la población TRANS (travestí, transexual y transgénero).

A su vez convinieron en la pertinencia de establecer mecanismos de colaboración orientados a facilitar el acceso de dichos colectivos a los programas o acciones que en materia de empleo y formación profesional se ejecutan en el marco del Plan Integral para la Promoción del Empleo. Por ello la SSN expresó su voluntad de adecuar su política de selección de personal y contratación, a las políticas de diversidad sexual e incorporar a su dotación de trabajadores, a la población TRANS.

En ese contexto el convenio firmado tiene por objeto establecer mecanismos de colaboración dirigidos a atender las dificultades de acceso a un empleo digno y de calidad, derivadas de la diversidad sexual de trabajadoras y trabajadores.

En una primera etapa se atenderán las problemáticas de empleo que afectan a la población TRANS (travestí, transexual y transgénero) de la Superintendencia de Seguros de la Nación. En ese marco de acuerdos, la SSN, se comprometió a sensibilizar y generar las condiciones que permitan la inclusión de trabajadores TRANS en su dotación de personal y a elaborar en forma periódica informes descriptivos de la trayectoria laboral de formación y empleo de las y los trabajadores del colectivo TRANS que fueron convocados por el organismo.

En función de los informes elaborados por la Superintendencia, las dependencias firmantes acordarán Planes de Acción para atender las necesidades de las y los trabajadores del colectivo TRANS a través de las políticas de empleo y formación que vienen desarrollando en el marco del Plan Integral de Promoción del Empleo. Para ello realizarán acciones de capacitación y sensibilización en temas de diversidad sexual y empleo destinadas al personal de la SSN.

También se conformará una Comisión de Coordinación y Seguimiento de las acciones con representación de las tres dependencias. El convenio tendrá vigencia por el plazo de DOS (2) años, prorrogándose a su vencimiento en forma automática.

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