EXPEDIENTE Nº 63.374 S/ FALTA DE PRESENTACION DE ESTADOS CONTABLES AL 30-06-2014.
SINTESIS:
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prohibir a TRAYECTORIA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en que opera.
ARTICULO 2° — Prohibir a TRAYECTORIA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su Inhibición General de Bienes, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.
ARTICULO 3° — A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1°, la Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los Registros de Emisión de la entidad, con mención de la presente Resolución. La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la medida ordenada en los Artículos 1° y 2°.
ARTICULO 4° — Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los Artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091.
ARTICULO 5° — Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.