Especial para “El Seguro en acción” En los Seguros Patrimoniales, las pólizas cubren en primer lugar el interés económico lícito del asegurado, respecto de la integridad de activos o ingresos, que pueden ser dañados por riesgos no voluntarios. El segundo interés asegurable, es el valor de los pasivos accidentales, constituidos por obligaciones hacia terceros, originadas en daños provocados por actos u omisiones propias o por responsabilidades especiales fijadas legalmente (Riesgos del Trabajo). Menos de lo que tengo o más de lo que debo, a causa de hechos u omisiones involuntarios, configuran…
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