Suspenden tramitación de nuevas ARTs

La Resolución 20/2022 de la SSN suspendió por 180 días la tramitación y tratamiento de nuevas ARTs.

Contenido de la norma:

ARTIÍCULO 1°.- Suspender el tratamiento de nuevas entidades que soliciten autorización para operar en la rama Riesgos del Trabajo, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Suspender la tramitación de los pedidos de autorización que se encuentren en curso, en los cuales se solicite autorización para operar en la rama Riesgos del Trabajo por el término de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

El artículo 1 hace referencia a que no se tratarán trámites de nuevas entidad.

El artículo 2 dice que se suspenden los pedidos en curso. Esto afecta a los cuatro grupos empresarios que están esperando dicha autorización.

La SSN justificó la norma en que «el ingreso de nuevos operadores al mercado de riesgos del trabajo se traduciría en una situación de desigualdad comercial que no parece razonable sostener» y en que «cualquier nuevo operador se encontraría en mejor condición que las entidades ya existentes, dado que no cargaría con el peso de los siniestros producidos por el Covid-19 y sus consecuencias sobre los aspectos financieros de las restantes entidades«.

Justificación

Entre otras consideraciones, la Resolución (que pueden ver más abajo) indica que la medida se toma porque:

-el «estado de situación de la rama de riesgos del trabajo y de las entidades que operan en la misma, las cuales se encuentran en un contexto por demás complejo por efecto de las indemnizaciones abonadas y pendientes de abonar como consecuencia de la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2″ …»podría afectar la estabilidad de las entidades referidas».

-«al 31 de marzo de 2020 el saldo del Fondo ascendía a PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS MILLONES ($5.600.000.000,-), mientras que al 30 de septiembre de 2021 el Fondo arroja un saldo negativo de PESOS TRES MIL NOVENTA Y UN MILLONES ($3.091.000.000,-)» y a la fecha, «el saldo del Fondo continúa resultando negativo impidiendo hacer frente a las erogaciones en curso».

-«en función del agotamiento de las sumas dinerarias del Fondo, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo han debido y deben hacer frente a los pagos imputables al mismo con recursos propios, los cuales les serán reintegrados una vez recompuesto su saldo».

-«durante el último ejercicio, cerrado al 30 de junio de 2021, las aseguradoras hicieron frente al pago de
siniestros y prestaciones por COVID por la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS MILLONES
($7.600.000.000,-)».

-«el Fondo prestó cobertura a CUATROCIENTOS SETENTA MIL (470.000) trabajadores, con
erogaciones mensuales que superan los PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES ($1.500.000.000,-), mientras
que los ingresos por aportes referidos a esos trabajadores alcanzan los PESOS CUATROCIENTOS MILLONES
($400.000.000)».

-«existen –además- TRES MIL SETECIENTOS (3.700) fallecimientos ocurridos por la cobertura del COVID
asentados en el registro de denuncias a cargo de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, la
mayoría de ellos pendientes de pago a la fecha».

-«el ingreso de nuevos operadores al mercado de riesgos del trabajo se traduciría en una situación de desigualdad comercial que no parece razonable sostener» y «cualquier nuevo operador se encontraría en mejor condición que las entidades ya existentes, dado que no cargaría con el peso de los siniestros producidos por el Covid-19 y sus consecuencias sobre los aspectos financieros de las restantes entidades«.

-«el análisis de conveniencia no se centra en la capacidad o solvencia de una entidad en particular, sino en la situación general del sector, es decir, del resto de las entidades que operan en la plaza, cuya estabilidad puede verse comprometida».

Lea la Resolución

RESOLUCION-SSN-SUSPENDEN-NUEVAS-ART-2022-30

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