El Seguro de Vida Obligatorio para Empleados Domésticos complementa a la cobertura de las ART para los trabajadores de casas particulares.
Cabe señalar que las altas y bajas de los trabajadores domésticos en Vida Obligatorio deben informarse mediante la vía tradicional por medio del productor asesor de seguros, ya que hasta la fecha ni la AFIP ni la SSN han instrumentado una vía automática para poder procesar estos movimientos.
Las formas de pago de este seguro continúan siendo las tradicionales en efectivo, medios electrónicos de pago, etc.; así como los medios disponibles de rendición por parte de los productores asesores al no encontrarse habilitado aún el pago mediante el formulario F-931 de AFIP para estos trabajadores.
La suma asegurada individual por empleado continúa siendo de $ 20.000 y el costo mensual de $ 4,10 por trabajador, a lo que debe adicionarse el costo del derecho de emisión anual.
A su vez, es válido mencionar que la Ley N° 26.844 (publicada el 12/04/2013) comprende expresamente a los empleados domésticos dentro del régimen de contrato de trabajo por Ley N° 20.744, la que en los artículos 248 y 212 establece una indemnización obligatoria ante los riesgos de fallecimiento o invalidez total y permanente por enfermedad o accidente, correspondiendo realizar adicionalmente el Seguro de Vida Colectivo por Ley de Contrato de Trabajo.
Por consultas sobre este y otros productos para empleadores, escríbanos a: vida@fedpat.com.ar