«Seguro de Responsabilidad Civil por Contaminación»

Ante un reclamo, Prudencia Seguros asiste al asegurado.

Esta Cobertura, mantiene indemne al asegurado, hasta el límite del capital contratado, por lo que esté legalmente obligado a pagar por daños a terceros (patrimoniales, extrapatrimoniales y/o personas), causados por un siniestro ambiental. En esta póliza facultativa, el capital asegurado lo define el interesado que trasfiere su propio riesgo y es, asimismo, el titular del interés asegurable. Este seguro no puede ser utilizado para cumplir la obligación del artículo 22 de la Ley 25675.
Con los alcances previstos en las condiciones generales, la/s cobertura/s otorgada/s por el asegurador bajo la póliza es/son exclusivamente la/s que se indica/n a continuación:

  • Cobertura A : Reclamos por gastos de limpieza en el inmueble asegurado por contaminación preexistente.
  • Cobertura B : Reclamos por gastos de limpieza en el inmueble asegurado por nueva contaminación    .
  • Cobertura C : Reclamos de terceros por daños personales y daños materiales ocurridos en el inmueble asegurado.
  • Cobertura D : Reclamos de terceros por gastos de limpieza fuera del inmueble asegurado como resultado de condiciones preexistentes de                  contaminación.
  • Cobertura E: Reclamos de terceros por gastos de limpieza fuera del inmueble asegurado como resultado de una nueva contaminación.
  • Cobertura F: Reclamos de terceros por daños personales y daños materiales ocurridos fuera del inmueble asegurado.
  • Cobertura G: Contaminación resultante de la carga transportada.
  • Cobertura H: Cobertura de pérdida real.

Vigencia de alcance anual.

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