Cambios en el seguro de RC para vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros

RESOLUCION SSN N° 4.-

La Resolución SSN N° 4 (B.O.5/1/2023) modifica el Reglamento General de la Actividad Aseguradora, en lo referido al seguro que cubre el riesgo de muerte e incapacidad por accidente a todos los pasajeros y/o
personas transportadas en los servicios de transporte automotor.

Esto se origina en la Resolución RESOL-2022-684-APN-MTR, del Ministerio de Transporte de la Nación que con fecha 11 de octubre, estableció que los operadores de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional deben contratar una cobertura de seguros que cubra los riesgos de muerte e incapacidad por accidentes de los pasajeros transportados en dichos servicios.

La cobertura debe ser contratada obligatoriamente por todas las empresas de transporte interurbanas. Mediante la citada norma, la SSN estableció una reserva especial para estos casos, llamada Reserva Especial de Contingencia para Transporte Público de Pasajeros.
La aseguradoras de TPP no pueden ofrecer la cobertura a las interurbanas sin esta cobertura adicional.

La Resolución SSN N° 25.429, de fecha 5 de noviembre de 1997, regula todo lo relativo al Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros, que solo puede ser otorgado por las Sociedades de Seguros Mutuos que operan la rama en forma exclusiva.

Acceda al texto completo de la resolución aquí.

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