En el seguro colectivo por Saldo de Deuda, se pacta una tasa de costos por cada mil pesos de suma asegurada, la cual se determina a medida de cada grupo asegurable (puede tratarse de un solo deudor, distinto al tomador del seguro) y también puede optarse para que varíe por rangos de edad para grupos de composición uniforme. Dicha tasa queda fija en el inicio y se mantiene a lo largo de todo el contrato
Vida Colectivo por Saldo de Deudaestá destinado a Entidades Financieras, Bancos, tarjetas de Crédito, Casas de Artículos para el Hogar, Concesionarios, Fideicomisos, Planes y Programas de Construcción de Viviendas, Prestamistas Privados, Cajas de Asociaciones Profesionales, Planes de Ahorro, Mutuales, Cooperativas de servicios, etc. que tienen la necesidad de protegerse ante el fallecimiento o invalidez de los deudores.
Siendo que se trata de una operatoria de volumen, generalmente los costos individuales por deudor no son representativos y como el capital asegurado se ajusta mensualmente al saldo de deuda, el costo de este seguro es decreciente a medida que la deuda se va cancelando, actualizándose cada mes los capitales y costos.
Cabe recordar que los seguros de Vida Colectivo por Saldo de Deuda son obligatorios para todos los créditos prendarios e hipotecarios y optativos para los préstamos personales y para cualquier otro tipo de crédito. También este seguro, contempla todas las disposiciones establecidas por la Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación N° 35.678, y se destaca por sus ventajas comerciales, tarifas muy convenientes y especialmente por su simplificación para la contratación.
Para informarse más, dirija su correo a: vida@fedpat.com.ar