Picada mortal en Rosario: aplicar con rigor el Código Penal y legislar los Delitos contra la Seguridad Vial

Un hombre y su hijo murieron tras ser chocados por un corredor de picadas

Un conductor y su hijo de 8 años murieron tras ser embestidos por dos autos que estaban corriendo una picada. Sucedió el sábado pasado a la madrugada, en la zona sur de Rosario. Las víctimas fatales se trasladaban en su coche, a baja velocidad. La única sobreviviente tras el impacto fue Cintia, esposa y madre de los fallecidos. Ella permanece internada, recuperándose de las heridas que sufrió.

Uno de los conductores que iba corriendo picadas sufrió heridas y permanece internado, con custodia policial. Tanto él como el otro irresponsable que corría la picada pueden ser imputados por el delito de homicidio simple con dolo eventual. La causa prevé una pena de 8 a 25 años de prisión efectiva. *

El delito de “correr picadas” existe desde hace varios años en el Código Penal. Sin embargo, poco y nada se hace para prevenirlas y evitarlas, y casi nadie es procesado o menos aún condenado por ese delito. Es que tenemos que enviar a la cárcel a estos potenciales asesinos al volante, que corren picadas en calles, avenidas y rutas, antes de que lleguen a matar. Después es demasiado tarde.

Pero, aunque no siempre se pueda probar que se corrían picadas, hay muchos que corren a velocidades siderales, algunos hasta haciendo ostentación de ello en las redes sociales, lo que pone de manifiesto la urgente necesidad de legislar los Delitos contra la Seguridad Vial, en particular el de la conducción con exceso notable de velocidad, antes de que lleguen a matar.

El exceso de velocidad, se corran picadas o no, implica un peligro tan grande para la vida de los terceros, que debe ser sancionado con la máxima expresión de la repulsa social, convirtiéndolo en un “delito”, propuesta de Luchemos por la Vida. Este ya existe en países exitosos en su lucha contra las muertes en el tránsito, y consiste en penar con prisión e inhabilitación especial para conducir automotores a quien condujere cualquier tipo de vehículo automotor a una velocidad superior en 40 km/h a la máxima establecida para dicha autopista, semiautopista, ruta, avenida o calle.

Estamos hablando de “delitos”, y no de una simple infracción o contravención, de las que es fácil escapar con total impunidad. Transformar esta conducta de altísimo riesgo para las vidas de todos en un delito, será un avance imprescindible para salvar muchas vidas, que debemos incorporar con urgencia a nuestra legislación penal.

Mientras tanto, los asesinos al volante deben recibir el máximo de las penas previstas en el Código Penal.

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