Nuevo limite a la dolarización de inversiones de las aseguradoras

Mediante la circular 91216024 la SSN volvió a limitar la posibilidad de que las aseguradoras se cubran ante una eventual devaluaciónde la moneda.

La comunicación firmada por Adriana Guida indica: «Tengo el agrado de dirigirme a Ustedes a los fines de hacerles saber que las transacciones realizadas en el mercado bursátil deben limitarse a las operaciones previstas en las disposiciones contempladas en la Ley N° 20.091 y sus respectivas normas reglamentarias.
Las operaciones de compra de títulos valores nominados en moneda extranjera, deberá tener fundamento exclusivo en la constitución de reservas que respalden obligaciones en las citadas monedas y de ninguna manera
constituir activos cuya cotización en los mercados estén sujetos a escenarios de alta volatilidad, que pongan en riesgo la solvencia de los supervisados.
Este Organismo considerará ejercicio anormal de la actividad aseguradora y sujeto a las sanciones correspondientes toda inversión que se aparte de los principios expuestos precedentemente o que tengan por objeto imposiciones de carácter especulativo al margen de los principios básicos prudenciales de la actividad aseguradora.
Se recuerda, asimismo, la plena vigencia de la Circular IF-2020-54534747-APN-SSN#MEC, de fecha 19 de agosto, considerando alcanzadas sus operaciones por las disposiciones de la presente».

De esta manera, se limita la posibilidad de comprar bonos en dolares a las aseguradoras. Sólo podrán hacerlo para respaldar sus compromisos en dólares.

La medida forma parte la estrategia del Ministerio de Economía para derivar fondos hacia las colocaciones en pesos que realiza periódicamente y restar demanda a los instrumentos en dólares.

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