Nº 102 CORTITO Y AL PIE – 9 de enero

En TRES minutos de lectura compilamos una guía sintética de las principales novedades del mercado asegurador en la última quincena.
Si le interesa profundizar los temas, le demandará algún tiempo más, pero esa ya es una decisión suya…

Cuando planificamos las ediciones de cierre del 2013 y apertura del 2014, lo hicimos con los parámetros tradicionales: prever escasísima o nula información, al menos hasta inicios de febrero.

Pero el cálculo falló rotundamente: el viernes 20 la reglamentación para los agentes institorios, anunciada y previsible. Luego, para despedir al 2013, importantes cambios normativos y una sanción «de peso», siguieron alterando el panorama. Con los cual los habituales «tres minutos de lectura», esta vez serán al menos cuatro.

Como diría Jack, vamos por partes…


En cuanto a los agentes institorios, nuestra información fue primicia absoluta para el mercado, «apenas» el licenciado Bontempo firmó la Resolución nº 38.052 ya estábamos poniéndola en nuestro sitio. Y con el agregado de material exclusivo: antecedentes, análisis y una encuesta. A los pocos días, dos comentarios con vertientes bien diferenciadas: el jurídico a cargo del doctor Carlos Schiavo y el de un productor asesor, el amigo Enrique Vacs.

En el ínterin y a posteriori, valiosos aportes de los colegas de Tiempo de Seguros: las declaraciones del doctor Gastón Martínez, del propio Superintendente de Seguros y del presidente de FAPASA, Jorge Zottos. Material de lectura recomendable y que por ello reproducimos.
Como asimismo la nota publicada ayer en El Cronista Comercial.

Dos reflexiones finales (pero sólo por ahora…): nos llama la atención el resultado de la encuesta, en dos aspectos:

  1. Hasta anoche, solamente 195 votantes sobre más de 20.200 receptores netos del news. Esto es, menos del 1 % de los suscriptores que accedieron a la información. ¿Consecuencia del contexto de festejos, viajes y vacaciones en que nos hallamos. O …? Vaya uno a saberlo.
  2. En cuanto a lo consultado (¿Opina que el RAI mejorará el servicio a los asegurados en materia de comercialización de seguros?), el resultado está prácticamente dividido entre “hay que esperar la aplicación del régimen” y los votos negativos. Contra solamente el 13 % de opiniones positivas. La conclusión de este escriba es que, siendo que la inmensa mayoría de los suscriptores son productores asesores de seguros, al parecer muchos tenían la (errónea) expectativa de que la normativa anunciada, “mágicamente” acabaría con la actuación de los agentes institorios.

Y ello no podría haber sucedido de manera alguna, básicamente porque esa figura fue instituida para el sector a través de la ley 17.418, inatacable por una Resolución del Superintendente. Así de sencillo. Así de terminante.

A nuestro entender, a partir de esa realidad, sólo era posible cambiar temporal, pero drásticamente, las reglas de juego que impuso el decreto 855/94 y las Resoluciones complacientes con ese régimen (23.469 y complementarias, ahora derogadas). Y apuntar directamente al mayor bien a tutelar: el debido asesoramiento al asegurable/asegurado, que siempre debe contar con la participación de un profesional debidamente capacitado.

Por supuesto, esta mesa tiene floja una pata, que confiamos quedará arreglada cuando a nivel parlamentario sea replanteado todo el andamiaje jurídico sectorial, a partir de los proyectos que se hallan en estudio.

Amén.


 

En el cierre del año nos encontramos frente a una grave sanción, con argumentos sin precedentes: mediante Resolución 38.078 del 30 de diciembre ppdo., el Organismo de Control impuso a TESTIMONIO COMPAÑíA DE SEGUROS S.A. una multa de $ 192.500.-

Los Considerandos principales:

  1. Se le imputó “haber concertado contratos con Reaseguradoras no autorizadas o admitidas (…)”
  2. Fueron detectadas “órdenes de pago, donde negocios ingresados por primas de seguros directos, o sea las que provienen del giro habitual de operaciones del asegurador, a su vez, fueron asumidas por la misma entidad como Reaseguros Activos y, desde allí, los retrocesionaría al exterior. Que de lo expuesto (…), se desprende que la entidad concentraría para los mismos riesgos, ambas operaciones de seguro y reaseguro.”
  3. “Omitió contabilizar algunos contratos en el balance cerrado al 31/12/2011.”
  4. Habría “infringido el marco procedimental previsto por la Resolución SSN N° 35.481 en tanto que los contratos relativos a las órdenes de pago 74 y 75, fueron cancelados con anterioridad a la presentación de dichos pedidos ante este Organismo.”
  5. “En cada una de las órdenes de pago, se declaró bajo juramento no poseer fondos líquidos depositados en el exterior con los que se puedan efectuar los pagos cuya remesa se solicitaba, cuando en definitiva cancelaron sus negocios con fondos líquidos depositados en el exterior.”

Es del caso recordar que, conforme lo dispuesto en el artículo 58º de la ley 20.091, el monto de las multas está condicionado por dos parámetros: desde el 0,01 % hasta el 0,1 % del total de las primas y recargos devengados -neto de anulaciones- en el ejercicio económico anterior, que no podrá ser inferior al 0,5 por ciento del capital mínimo requerido. En consecuencia, la escasa participación cuantitativa de este asegurador en el mercado, explica los $ 192.500.- aplicados.


Y por si todo esto fuera poco, llegaron los cambios normativos:

  1. Modificación del punto 35.10 del Reglamento General de la Actividad

Aseguradora, mediante Resolución 38.057 del 27/12, que modifica el cómputo de los Deudores por Premios para el cálculo de la cobertura.

  1. Resolución 38.065 de la misma fecha, autorizando desde el 1º/3/14 la ampliación de la cobertura de R.C. Automotores a $ 4.000.000.-, entre otros cambios.
  2. Y finalmente la Resolución 38.066 del 27 de diciembre, modificando desde el 1º de marzo la póliza básica del Seguro Obligatorio de Automotores (VTV obligatoria, baremo, cambio de montos asegurables, etc.)

FAPASA nos hizo llegar un Comunicado que resume las principales acciones de la institución durante el año 2013.

El amigazo Orlando Moreno y su equipo nos informan la habilitación de un sitio web, a propósito del Congreso Nacional que será desarrollado entre el 28 y el 30 de mayo en Carlos Paz:
http://www.congresoseguroscba.com.ar

ALASA resume la realización del Seminario «Tasaciones de siniestros en cultivos extensivos «.

Y finalmente, la Superintendencia de Seguros ha distribuido cuatro informaciones de prensa que reproducimos: crecimiento de la producción, actividades en la UNASUR, convenio en materia de derechos humanos y modificaciones en el Reglamento de la Actividad Aseguradora.


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Completando esta edición, ofrecemos una breve pausa para el relax. Presionando aquí, sin costo extra, usted accede a una sonrisa, a una reflexión o a ambas cosas a la vez, según el caso.


Es todo por hoy.

Quedan invitados para que nos reencontremos dentro de quince días, internet mediante.

Gracias por el acompañamiento a este mix de información y opinión.

Reciban nuestro mejor deseo de dos espléndidas semanas.

Raúl Jorge Carreira
[email protected]

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One Thought to “Nº 102 CORTITO Y AL PIE – 9 de enero”

  1. Respecto de la encuesta relacionada con la reglamentación
    de los Agentes Institorios y la escasa cantidad de votantes
    respecto al total de receptores, recuerdo una frase que
    dijo un periodista amigo: ¿no será este el reflejo del
    comportamiento de nuestro mercado?
    Carlos A. de Igarzábal

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