Medidas de alivio para asegurados en cada mercado latinoamericano ante la pandemia.

A raíz de una consulta formulada por la Asociación Gremial de Corredores de Seguros A.G., ACOSEG, de Chile, a las entidades colegas de la región enroladas en COPAPROSE, se conoce alguna información relativa a la flexibilidad para el pago de premios adoptada por las aseguradoras en América Latina.

Cabe recordar que los mercados latinoamericanos son diferentes, con distintos niveles de penetración y regulación. Por lo tanto, las conductas implementadas en cada caso no necesariamente pueden aplicarse en el resto de los países.

La pregunta formulada por ACOSEG fue: ¿Qué están haciendo los mercados de seguros en relación con la moratoria de pagos de las cuotas x primas de los asegurados a partir de este mes en adelante?

A continuación, un extracto de las respuestas de cada entidad:

En Bolivia, la Asociación Boliviana de Corredores de Seguros y Reaseguros (ABOCOSER), indicó que se amplió el plazo de pago por 30 días luego de vencida la cuarentena.

Desde Brasil, FENACOR (Federação Nacional dos Corretores de Seguros Privados e de Resseguros, de Capitalização, de Previdência Privada, das Empresas Corretoras de Seguros e de Resseguros) sostuvo que las aseguradoras han tomado medidas muy parecidas. A aquellos asegurados que no han pagado las cuotas de seguros en los últimos días, las aseguradoras no les están cancelando las pólizas, sino que les están otorgando un nuevo plazo para pagar. Todas las aseguradoras adoptaron el régimen de renovar las pólizas automáticamente y las envían a los corredores de seguros para que confirme tal renovación con el asegurado y durante ese periodo de 15 o 20 días tiene cobertura de seguros. Algunas de las aseguradoras también están cubriendo el riesgo de pandemia, a pesar de que estaba en las exclusiones. Además, las entidades están brindando un apoyo especial a los Corredores de Seguros Algunas aseguradoras están dando un apoyo especial a los corredores de seguros, otorgándoles líneas de crédito cuando tienen una póliza cancelada, o sea que el corredor no tiene que devolver la comisión que había recibido. Adicionalmente está otorgando el financiamiento de comisiones futuras para poder ayudar a los corredores de seguros.

En Costa Rica, la Cámara de Intermediarios de Seguros (CIS) informó que la empresa estatal que posee el 70% del mercado (INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS), estableció un plan para persona jurídicas de hasta cuatro meses de período de gracia. El cliente hace la solicitud por medio de mediador de seguros y da una justificación del porqué requiere la extensión del plazo. Las aseguradoras privadas no han emitido una directriz definida, pero están haciendo el estudio caso por caso. En materia de intermediación, el principal problema que no ha sido resuelto es que pasará con el pago de comisiones, dado que los mediadores también requieren capital de trabajo durante esos plazos. En Costa Rica se adoptó una política voluntaria de cada empresa, pero algunos diputados presentaron un proyecto para que el período de gracia sea obligatorio por 4 meses, extensible a 8 meses. Esto es cuestionado por CIS porque consideran que de aprobarse la medida “desaparecerían las aseguradoras y los mediadores”.

Desde Ecuador, Asociación Nacional de Asesores Productores de Seguros del Ecuador (ANACSE) señaló que las autoridades no habían emitido ningún pronunciamiento al respecto y se estima que todo dependerá de la política que adopte cada aseguradora.

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La Asociación Salvadoreña de Productores de Seguros (ASPROS) ha dicho que en El Salvador algunas compañías, no todas, han congelado el periodo de gracia por los meses que dure la crisis y están renovando automáticamente las pólizas que están con renovación en estos meses sin necesidad de firma. Pero esta actitud no emana de la legislación, sino que es resultado de la política de algunas aseguradoras.

Desde Honduras, la Asociación Hondureña de Profesionales Intermediarios de Seguros (AHPROINSE) indicó que el Congreso de la Republica de Honduras creó un Mecanismo Temporal de Alivio, para atender el impacto económico y ordenó a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (C.N.B.S.) regular para que las compañías de seguros amplíen la vigencia de los seguros o garantías de los créditos acogidos a los mecanismos temporales de alivio, adecuándose sus coberturas a las nuevas condiciones del crédito readecuado.

La Circular de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CNBS N°008-2020, por medio de la cual se resuelve aprobar mecanismos temporales de alivio que permitan al sector asegurador mitigar las repercusiones económicas derivadas de la crisis sanitaria en el país por el coronavirus denominado COVID-19. Establece en su punto a) Que las instituciones de seguros podrán otorgar un periodo de gracia para el pago de las primas, el cual no deberá exceder del 30 de junio de 2020 y podrá aplicarse a criterio de la institución de seguros o a solicitud del asegurado. Las instituciones de seguros deberán mantener activa la cobertura de sus pólizas y podrán requerir el pago de la prima adeudada, en caso de suscitarse un reclamo o evento. Durante el periodo de gracia, se permitirá el congelamiento de la mora de los pagos fraccionados de las primas para efectos de la constitución de la Reserva de Primas Pendientes de Cobro, los cuales se reactivarán una vez culminado el periodo de gracia respectivo. Puede acceder a la circular completa en este link: https://www.cnbs.gob.hn/blog/circulares/circular-cnbs-no-008-2020/

En México, la Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas A.C. (AMASFAC) informó que en México no se han tomado decisiones drásticas pero que hay mucha colaboración del sector asegurador para facilitar la resolución de problemas y adaptarse a la situación.

Desde Nicaragua, la Asociación Nicaragüense de Agentes Profesionales de Seguros (ANAPS) sostuvo que el gobierno no ha tomado ninguna medida para el sector y que las aseguradoras tampoco han tomado iniciativas de suspensión de pagos u otra medida que apoye a sectores vulnerables como las PyMEs.

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En Panamá hay 3 asociaciones enroladas en COPAPROSE. Dos de ellas han informado sobre la situación en aquel país. La Cámara Panameña de Empresas de Corretaje de Seguros (CAPECOSE) manifestó que la Superintendencia de Seguros, los aseguradores y los gremios de corredores de seguros han estado en conversaciones buscando herramientas para conservar las pólizas en vigor pero a la vez ayudar a los asegurados durante la crisis económica que esta pandemia está ocasionando. En ese sentido se han logrado algunas alternativas: las aseguradoras miembros de APADEA (Asociación Panameña de Aseguradores) que manejan pólizas de salud acordaron obviar la exclusión de cobertura a consecuencia de una epidemia o pandemia declarada y todas están cubriendo los gastos médicos que por diagnóstico de COVID19 ocurran. Ver www.apadea.org. En relación con la moratoria de pagos de las cuotas x primas, algunas aseguradoras han extendido el período de gracia a 60 días, pero la mayoría están tratando cada caso según su criterio y a solicitud del corredor o el asegurado. El propósito principal es mantener las pólizas en vigor, buscando otras alternativas de aseguramiento, menos costosas, mientras dure la crisis. La Superintendencia de Seguros, por su parte, ha emitido varios comunicados y resoluciones para apoyar las decisiones que están tomando los aseguradores.

En tanto, el Colegio Nacional de Productores de Seguros (CONALPROSE), también de Panamá, indicó que las aseguradoras están cada una atendiendo esa situación de acuerdo a sus políticas internas. Entre la variedad de alternativas que se presentan son las siguientes: 1. Extensión del periodo de gracia y de suspensión de las coberturas a 60 y 90 días. 2. Análisis de caso por caso de acuerdo a las necesidades de los clientes. 3. Prorrogación del periodo de gracia y suspensión de coberturas hasta el 30 de abril.

En el caso de Perú, la Asociación Peruana de Empresas de Corredores de Seguros (APECOSE) relató que el Superintendente Adjunto de Seguros emitió el Oficio Múltiple Nº 11222-2020-SBS mediante el cual se pone en conocimiento de los productores de seguros las medidas adoptadas para las aseguradoras. Un resumen de ellas incluye:

1) Con relación al pago de primas, se les ha indicado que se encuentran facultadas para modificar los calendarios de pagos originalmente pactados en sus convenios de pago. Además, se les recuerda que no procede la suspensión de cobertura en caso se haya pagado, proporcionalmente, una prima igual o mayor al período corrido del contrato. Como coadyuvante a ello, se flexibiliza el régimen de provisiones contables por deterioro de las primas por demora en su pago, que las empresas de seguros deben constituir ante la falta de pago de las primas.

2) En relación a los siniestros, se dispone la suspensión de los plazos referidos a los procesos de atención de siniestros ocurridos a nivel nacional, regulados en el Reglamento para la gestión y pago de siniestros, Resolución SBS N° 3202-2013, que incluyen el aviso del siniestro. Asimismo, se ha indicado a las empresas de seguros la atención prioritaria de los procesos vinculados a la gestión y pago de siniestros, con especial énfasis en los seguros de asistencia médica y otros que cuenten con coberturas de salud y fallecimiento. Respecto al pago de siniestros se precisa que, se deberán utilizar los mecanismos de comunicación disponibles para contactar a los asegurados y/o beneficiarios de seguros a fin de informar la forma en que se hará efectivo el pago (de manera presencial o de canales no presenciales).

3) En relación al cumplimiento de garantías previstas en las condiciones de las pólizas de seguros, se ha solicitado a las empresas de seguros evaluar su exigencia teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

Asimismo se les indica evaluar la aplicación de las Reglas de Interpretación dispuestas en el Artículo IV de la Ley del Contrato de Seguro, Ley N° 29946, que se refieren a la razonabilidad de las cargas impuestas a los asegurados y la observancia de su cumplimiento, considerando el estado de emergencia actual.

Por otra parte, la entidad expuso la posición de las aseguradoras Rímac Seguros y Mapfre Seguros. RIMAC SEGUROS estableció medidas para:

1-Financiamiento especial para el pago con cupones:

  • Clientes con vencimiento de su último cupón en marzo 2020, otorgarán 30 días más, desde la fecha de vencimiento, para que puedan realizar el pago sin interés y mantengan la cobertura de su seguro.
  • Clientes que no se encuentren en el último pago del cupón y que tengan un cupón con vencimiento en marzo 2020, se les trasladará el pago del cupón de marzo hacia el final de su cronograma de pagos incluyéndole la cobertura también por ese mes. Por ejemplo, si el último pago es en agosto, ahora será en setiembre, y el cliente continuará con cobertura también por ese mes.
  • Estos beneficios aplican para todas las pólizas vehiculares con pago en cuotas; modulares, corporativas vehiculares y domiciliarias.

2-Ventas nuevas de productos vehiculares modulares + corporativa (personas y empresas):

  • Para todas las pólizas de venta nueva, otorgan al cliente una cobertura de 12 meses con el pago de solo 11 meses, comprando su seguro vehicular entre el 23 de marzo y el 30 de abril bajo la modalidad de cargo en cuenta.

3-Pólizas vehiculares Empresariales: Para todas las renovaciones en las que no se llegó a cerrar la negociación y emisión, se ha procedido a emitir endosos de prórroga de cobertura por 30 días o coberturas provisionales.

  1. Renovación automática: Con el fin de facilitar la gestión de los productores y para que los clientes mantengan la cobertura de su seguro, se ha procedido a renovar y enviar todas las pólizas que vencen en marzo, automáticamente.
  2. Servicio en caso de siniestro: Para todos los clientes que tengan un siniestro en la ciudad de Lima durante el estado de emergencia y el vehículo siniestrado no pueda movilizarse solo; éste, podrá ser recibido en los Centros de Atención Vehicular RIMAC.

Por su parte, MAPFRE SEGUROS detalló que para apoyar la economía de sus clientes, se amplía en 30 días el plazo de cobro de los recibos de Decesos, Salud, Autos y Hogar, que el cliente particular tenga en estos momentos pendientes. Esta ventaja se aplica siempre que el titular sea un particular o un particular con RUC.

En el caso concreto de Autos, se prorroga el periodo de vigencia de la póliza en 30 días, sin costo adicional alguno para el cliente. Dicho de otra manera, las pólizas de Autos actualmente en vigor tendrán una vigencia de 13 meses en vez de 12, pagando la misma prima. Esta ventaja se aplica siempre que el titular sea un particular o un particular con RUC.

En República Dominicana, según la Asociación Dominicana de Corredores de Seguros Inc (ADOCOSE), algunas compañías han dado prórroga de pago de primas a partir del 1ro de abril. Además, todas las pólizas de salud aunque la mayoría no cubre por pandemias, han confirmado cobertura.

En Uruguay, una de las dos entidades representativas de los productores, la Cámara Uruguaya de Asesores Profesionales de Seguros (CUAPROSE), manifestó que todas las compañías están tratando de que no caigan las renovaciones y favorecer los seguros nuevos. Entre las medidas tomadas, algunas Compañías, corrieron 30 días los vencimientos; otras, ponen 12 cuotas para seguros nuevos y renovaciones; y están tratando de facilitar el pago por medios electrónicos, tratando que la gente no salga de la casa.

Por último, en Venezuela, según la Cámara Venezolana de Empresas de Corretaje de Seguros (CAVECOSE), solo una empresa extendió por 30 días el plazo de pago en póliza de asistencia en viaje. No se ha aplicado ningún cambio en ningún otro ramo.

 

 

 

 

 

 

 

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