¿LA SSN AMPARA A AMPARA?

Esta parte de la historia de AMPARA, arrancó cuando un automovilista chocado por un “asegurado” en la Mutual Ampara, recurrió a la seudo-aseguradora, ésta trasladó el reclamo a una aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros en la cual “coloca” todos sus seguros y, en definitiva, no logró que su legítimo reclamo fuera atendido.

Acudió entonces a la SSN, pero allí se encontró con una valla inexpugnable, que (aún hoy) surge del conmutador del Organismo: “No aceptamos denuncias sobre terceros” (sic). Obviamente, se trataba de una denuncia de un tercero, pero ya sabemos que la semántica no es un atributo general en estos tiempos…

El damnificado recurrió a internet, y por ese medio se contactó con nosotros, haciéndonos llegar los antecedentes del caso, y un video, que aquí reproducimos.

Como puede comprobarse en el mismo, el jocoso señor presidente de la mutual (en nota claramente comercial a la cual se presta el “periodista”) no sólo alaba su gestión, sino que -gentilmente- nos ilustra respecto del vacío que AMPARA vino a llenar en el mundo asegurador argentino, creando una aseguradora (sic), por cuanto “en ese momento (1976) no había Seguros de Automotores” y “en ese momento el Seguro no existía”. En fin, divague que sólo cabe tomar como tal…

Los antecedentes

En nuestra edición 222 del 7 de julio del 2016 historiamos el accionar de AMPARA, denunciamos toda la operatoria irregular que gira a su alrededor, y aportamos documentos “contundentes”, a los cuales el entonces titular de la Repartición, licenciado Podjarny, echó en saco roto.

Y, por si fuera poco, reiteramos el tema en la edición 300 del 30/11/12017, en la nota “TRANSPARENCIA”: NO BASTA CON PREGONARLA; HAY QUE PRACTICARLA (Nota II), cuando ya se hallaba en funciones la actual administración (Doctor Pazo).

¿Y entonces?

Como corresponde a nuestra labor profesional, nos comunicamos con tres oficinas de AMPARA, solicitando cotizaciones. Allí nos ratificaron su rol de intermediación y, en todos los casos, coincidieron en el nombre de dos aseguradoras a las cuales derivan los contratos: Argos y Liderar.

Por otra parte, distintas averiguaciones nos llevan a colegir que estamos “hablando” de un cúmulo de al menos 5.000 operaciones, entre Automotores y Combinado Familiar. Número interesante, si los hay…

Conclusión: invitamos a las autoridades de la Superintendencia de Seguros a que repasen nuestras denuncias en las dos ediciones anteriormente citadas, y le agreguen la que ahora formulamos.

Nos parece que son demasiadas preguntas sin respuesta y, por ende, merecen la debida respuesta por dos razones:

  • Porque están siendo violadas las claras disposiciones de las leyes 20.091 y 22.400 en esta materia y, salvo demostración en contrario, estaríamos frente a un claro incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos.
  • Porque no se entiende la permanencia de esta actividad claramente ilegal, en un programa que se alega como basado en claras reglas de modernización, transparencia e igualdad entre todos los operadores (Aseguradoras y PAS, en este caso).

Amén.

Raúl Jorge Carreira

[email protected]

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One Thought to “¿LA SSN AMPARA A AMPARA?”

  1. Estimado Raúl:
    Hoy estoy condescendiente y coincido con los autores de sendas notas publicadas en este jueves 7 de marzo.
    Sólo quiero recordar que el caso AMPARA es de vieja data y son muchos los Superintendentes que miraron para otro lado y que fue la propia CSJN que en el caso Margen, consagró la actuación legal de mutuales «para aseguradoras» y dando por letra muerta el art. 3 de la ley 20.091.
    Pero como decía aquel tragicómico personaje cervantino «coisa vederes Sancho que non crederes»
    Abrazo
    D. Carlos Alberto Schiavo (Abogado)

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