La nueva figura del colaborador independiente en el ámbito asegurador

Fuente: FAPASA

En una charla organizada por FAPASA, se explicaron los alcances del nuevo régimen legal que permite incorporar colaboradores sin relación de dependencia. Más de 200 PAS participaron del encuentro, en el que Lisandro Redivo detalló cómo implementar esta figura, los requisitos legales y las claves para evitar conflictos jurídicos. Enterate de qué se trata.

 El pasado 3 de abril, se realizó un taller online, a cargo del contador y Productor Asesor de Seguros, Lisandro Redivo, expresidente de APAS Bahía Blanca y actual miembro de la comisión directiva de FAPASA, en el cual se abordó la implementación del artículo 97 de la Ley de Bases 27.742, que establece que un trabajador independiente puede tener hasta tres colaboradores independientes para emprender un proyecto productivo

La convocatoria, que contó con la participación de 214 Productores Asesores de Seguros, se centró en la nueva posibilidad de registración de colaboradores. Redivo enfatizó la importancia de que cada PAS consulte con su contador o abogado de confianza para comprender plenamente las implicaciones de esta normativa y determinar su aplicabilidad en cada caso particular.

El artículo 97 de la mencionada ley permite que un trabajador independiente incorpore hasta tres colaboradores sin que esto configure una relación de dependencia laboral. Para ello, es requisito que el colaborador esté inscripto en el monotributo y cuente con un seguro de accidentes personales.

Redivo detalló el procedimiento para formalizar esta relación: el PAS interesado debe inscribirse en el registro PADIC  (Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores) a través de la plataforma ARCA, y el colaborador dispone de 72 horas para aceptar esta vinculación. Además, se destacó que FAPASA ofrecerá capacitaciones destinadas a quienes deseen desempeñarse como colaboradores en este marco legal.

Es fundamental señalar que la ley no especifica las tareas que puede realizar el colaborador. Sin embargo, la normativa establece que el colaborador tiene la libertad de prestar servicios para múltiples empleadores y que cualquiera de las partes puede rescindir el vínculo en cualquier momento sin consecuencias legales. No hay plazos mínimos o máximos para esta relación.

En resumen, esta nueva figura legal brinda una oportunidad para regularizar y formalizar relaciones laborales, otorgando flexibilidad tanto a los PAS como a sus colaboradores, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos y se realicen las consultas profesionales pertinentes.

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