En su primera Resolución oficial al frente de la SSN, el licenciado Edgardo Podjarny dispuso que las genéricamente conocidas como “inversiones productivas” o “destinadas a la economía real”, pasen a tener carácter voluntario por parte de las aseguradoras o reaseguradoras.
Cabe recordar que este régimen tuvo inicio el 23 de octubre del 2012, luego de ser anunciado el día anterior, en el recordado acto en la Casa de Gobierno en el cual fue lanzado el PlaNeS, y se anunció que la actividad aseguradora quedaba incorporada a la agenda del Estado.
La medida adoptada por el Lic. Podjarny es, obviamente, una decisión 100 % política, previsible para el mercado, y que se corresponde con las facultades de que goza el superintendente de seguros. He ahí las razones por las cuales no ha generado demasiada sorpresa.
Cabe decir que no existen datos oficiales puntuales, respecto del volumen de las inversiones del inciso k). La última información oficial disponible (balances al 30 de junio ppdo.), determina que las inversiones de las aseguradoras alcanzaban casi los 164 mil millones de pesos, y las de las reaseguradoras algo más de 5 mil millones de pesos. El total consolidado (casi 169 mil millones), permite estimar que el inciso k) ronda actualmente los 24/25.000 millones de pesos. Toda una cifra.
En lo fundamental, la nueva norma (Resolución 39.645 del 15 del corriente) establece que las aseguradoras “podrán invertir hasta un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) del total de las inversiones (excluido inmuebles)”, en tanto que la anterior indicaba que “deben invertir un mínimo del DIECIOCHO POR CIENTO (18%) del total de las inversiones (excluido inmuebles), y hasta un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) del total de las inversiones (excluido inmuebles) en instrumentos que financien proyectos productivos o de infraestructura”. El subrayado es nuestro, para clarificar que – partir de ahora- la inversión es optativa y no obligatoria.
Complementariamente, establece un cronograma para realizar los fondos hoy afectados a este fin, en forma escalonada entre los balances al 30 de junio pxmo., y los tres trimestres subsiguientes, vale decir hasta el 31 de diciembre del año pxmo.
Por supuesto, la medida ya empezó a generar consecuencias, con la baja de cotización en ciertos Fondos (FCI), pérdidas por realización de inversiones de las aseguradoras (que, se presume, solicitarán tenga algún régimen de diferimiento), etc.
Y en la vereda de los receptores de fondos, principalmente Pymes, una gran preocupación, porque por medio del inciso k) eran canalizadas Obligaciones Negociables, descuento de cheques de pago diferido (en los FCI), etc., que ahora tienden a desaparecer. Un problema digno de análisis.
En síntesis: decisión previsible; aseguradoras (¿todas?) satisfechas por recuperar algunos puntos de rentabilidad; y preocupación en las Pymes y otras empresas necesitadas de financiación.
R.J.C.