Mediante la resolución 619, la SSN dictó la Inhibición general de bienes sobre SWISS Medical ART.
La medida se originó en que el órgano de control determinó un déficit de capital mínimo de más de DIEZ MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES de pesos ($ -10.395.315.000) en los balances al 30 de septiembre de 2024. La resolución citada fue publicada en el B.O. del jueves 28-11-24. Pero a las pocas horas, otra resolución (la 622) dispuso el levantamiento de la medida cautelar.
La Resolución 622, indica: «Que por IF-2024-130504556-APN-GE#SSN la Gerencia de Evaluación informa que a través del RE-2024-130227631-APN-DGDYD#JGM, SWISS MEDICAL ART S.A. (CUIT 33-68626286-9) presentó la documentación de respaldo correspondiente a un aporte de capital».
Y «Que habida cuenta de ello, la referida Gerencia concluye su intervención exponiendo que, con dicho aporte, la aseguradora subsana la situación deficitaria que motivara el dictado de la Resolución RESOL-2024-619-APNSSN# MEC, de fecha 26 de noviembre, y que, por lo tanto, no existen fundamentos para mantener las medidas
cautelares allí dispuestas».
A continuación el texto de ambas resoluciones.
SINTESIS: RESOL-2024-619-APN-SSN#MEC Fecha: 26/11/2024
Visto el EX-2024-127129121- -APN-GA#SSN …Y CONSIDERANDO… EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Prohibir a SWISS MEDICAL ART S.A. (CUIT 33-68626286-9), realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES.
Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
Rosario Leiras, Analista, Gerencia Administrativa.
e. 28/11/2024 N° 85014/24 v. 28/11/2024
Fecha de publicación 28/11/2024
Resolución RESOL-2024-622-APN-SSN#MEC
Referencia: EX-2024-127129121-APN-GA#SSN – SWISS MEDICAL ART S.A. – LEVANTAMIENTO DEFINTIVO DE MEDIDAS CAUTELARES
VISTO el Expediente EX-2024-127129121-APN-GA#SSN, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución RESOL-2024-619-APN-SSN#MEC, de fecha 26 de noviembre, se adoptaron respecto de SWISS MEDICAL ART S.A. (CUIT 33-68626286-9) las medidas cautelares previstas en el artículo 86 de la Ley N° 20.091.
Que mediante dicha Resolución se prohibió a la entidad realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispuso su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES.
Que por IF-2024-130504556-APN-GE#SSN la Gerencia de Evaluación informa que a través del RE-2024-130227631-APN-DGDYD#JGM, SWISS MEDICAL ART S.A. (CUIT 33-68626286-9) presentó la documentación de respaldo correspondiente a un aporte de capital.
Que habida cuenta de ello, la referida Gerencia concluye su intervención exponiendo que, con dicho aporte, la aseguradora subsana la situación deficitaria que motivara el dictado de la Resolución RESOL-2024-619-APNSSN# MEC, de fecha 26 de noviembre, y que, por lo tanto, no existen fundamentos para mantener las medidas
cautelares allí dispuestas.
Que el artículo 86 de la Ley N° 20.091 establece expresamente que dichas medidas podrán levantarse cuando se compruebe que el asegurador se halla en condiciones normales de funcionamiento.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 67, inciso a), y 86 de la Ley Nº 20.091.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer el levantamiento de la INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES decretada por el artículo 1° de la Resolución RESOL-2024-619-APN-SSN#MEC, de fecha 26 de noviembre, respecto de SWISS MEDICAL ART S.A. (CUIT 33-68626286-9).
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la confección y suscripción de los oficios que sean necesarios para efectivizar la medida dispuesta en el artículo 1° y a la entidad aseguradora para su diligenciamiento.
ARTÍCULO 3°.- Oportunamente hágase saber a la Gerencia de Autorizaciones y Registros.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad conforme Resolución SSN N° 39.527 de fecha 29 de octubre de 2015, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.