Información tomada de Buenafuente.com, edición del 21/7/2014
El presente informe trata de plasmar la evolución del costo operativo promedio de plaza, desde el período vencido el 30/09/2012, antes de la sanción de la ley, hasta el período 31/03/2014.-
El 7 de julio ppdo. se publicó en Buenafuente un comunicado de la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS (FAPASA) con el título «Las ART les confiscaron a los Productores $ 325 millones» y en el cual sostiene que los gastos de explotación de las ART «no se han modificado en nada» y se mantienen inamovibles en un 12,5% de los ingresos por primas, mientras los gastos de producción se redujeron en 5,4 puntos porcentuales.-
Agrega el comunicado en uno de sus párrafos: » La Ley 26.773 sancionada en octubre de 2012 denominada «Régimen de Ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales» en su artículo 16 establece que los organismos fiscalizadores de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). deberán establecer un valor tope de erogaciones no prestacionales que no podrá superar en sus presupuestos el 20% del total de los ingresos correspondientes a las primas facturadas, y dentro de ese total debían estar comprendidos los gastos de comercialización e intermediación que no podrían superar el 5% de aquellos ingresos».-
Transcribimos a continuación el texto oficial del artículo 16 de la Ley 26.773 sancionada el 24/10/2012 y promulgada el 25/10/2012: «Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán limitar su presupuesto en gastos de administración y otros gastos no prestacionales al porcentaje que establezcan conjuntamente la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) el que no podrá superar el veinte por ciento (20%) de los ingresos que le corresponden para ese seguro.- Dentro de este importe, podrán asignar a gastos de comercialización o intermediación en la venta del seguro hasta el cinco por ciento (5%) del total».-
En el siguiente informe registramos el Estado de Resultados consolidado de todas las Compañías que operan con exclusividad en Riesgos del Trabajo, comenzando con el período vencido el 30/09/2012, anterior a la promulgación de la ley y continuando con los demás períodos hasta el vencido el 31/03/2014 a efectos de visualizar la evolución tanto de los gastos de producción como la de gastos de explotación (cifras en miles de pesos).