EL USO DEL CÓDIGO “QR” POR PARTE DE LOS PRODUCTORES ASESORES

mage004COMUNICACIÓN  4 O 5 7 DE LA SSN –  17/7/2014

SINTESIS: Información a los Productores Asesores de Seguros respecto al Código de Respuesta Rápida (QR), incluido en la Credencial de Identificación

Profesional para el Productor Asesor de Seguros, en los términos de la

Resolución SSN N° 38.332

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, con el objeto de informar aspectos relativos al dispositivo electrónico «Código de Respuesta Rápida» (QR) incluido en el reverso de la Credencial de Identificación Profesional para el Productor Asesor de Seguros -CIPAS-, instrumentado oportunamente a través de la Resolución SSN N° 38.332.

En este sentido, toda vez que el Articulo 7° de la Resolución SSN N° 38.332 dispone que «El productor asesor de seguros deberá permitir la lectura, mediante cualquier tipo de dispositivo electrónico, del «Código de Respuesta Rápida» incluido en el reverso de la CIPAS …», se informa que el acceso al QR quedará fuera de servicio por el lapso de QUINCE (15) días hábiles, dado que se están realizando tareas de reestructuración del sistema.

 

Lic. Juan A. Bontempo

Superintendente de Seguros de la Nación

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