Especial para El Seguro en Acción
Por el Dr. Nicolás Cintran, Abogado, Socio del Estudio Bolado-Cintran-Ciancaglini.
A casi un año y medio de la irrupción de la pandemia en nuestras vidas, vemos cómo el mundo entero modifica su orden normal y habitual, y se alteran transversalmente todos los ámbitos de la vida humana: el social, el económico, el educativo, pero principalmente la salud de las personas.
La vacuna y la experiencia reciente en países con alto nivel de inmunizados (Israel y EE.UU.), generanesperanzas, aunque, de momento, la enfermedad costó más de 4 millones de vidas.
La emergencia sanitaria impactó de lleno en el sistema de Riesgos del Trabajo, al que se le impuso la cobertura y la atención médica de los trabajadores cubiertos. Si bien el Covid-19 no encuadra naturalmente como una enfermedad profesional (causada exclusivamente por las tareas desarrolladas),el Gobierno decidió incluirla.
Debemos tener en cuenta que la Argentina, en un primer momento, optó por dar una cobertura parcial, ya que el DNU 367/2020 estableció que el Covd-19 se consideraría presuntivamente como una enfermedad profesional no listada (conf. art. 6°apart. 2 inc. B, ley 24557), y por ende —en las circunstancias descriptas por la norma— como contingencia incluida dentro del Sistema de Riegos del Trabajo. Para ello, también estableció que los gastos erogados por la atención de estos casos (prestaciones en especie, médicas y dinerarias) serían financiados por el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesional (FFEP) —decreto 590/97 y 1278/2001—.
Este DNU estaba orientado a la cobertura solo de trabajadores esenciales y exceptuados del ASPO, al personal de Salud, y luego a las fuerzas de seguridad (decreto 875/2020) con presunción a su favor. No incluía al resto de los trabajadores que debían probar“…la imprescindible y necesaria relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada con el trabajo…”.Es decir que el trabajador debía acreditar que su contagio estaba asociado o vinculado directamente con el trabajo. A esta altura resulta casi obvio que dicha probanza sería de imposible cumplimiento. Con ese fin se estableció un procedimiento administrativo especial, mediante Resolución SRT 38/2020, donde la Comisión Medica Central es la que determina en cada caso el reconocimiento como enfermedad profesional no listada.
Esta medida, sin dudas, relativizaba o seleccionaba la atención de trabajadores afectados por el Covid-19, ya que la misma rigió, en líneas generales, hasta el levantamiento del ASPO. Durante el DISPO, la mayoría de los trabajadores quedaron fuera del radar.
Pero ya en 2021 la cuestión cambia radicalmente con el DNU 39/2021, donde se establece, entre otras cuestiones, que todo trabajador que haya prestado, aunque mínimamente, tareas presenciales, gozará de la presunción a su favor. Esto implica lisa y llanamente que todo trabajador que en algún momento hubiera salido de su casa a trabajar estaría presuntivamente cubierto por el Sistema de Riesgos del Trabajo. Y lo que comenzó como una cobertura selectiva luego paso a ser amplia.
Esta medida, que en principio fue transitoria y por el lapso de 90 días, se prorrogó mediante DNU 266/2021 y luego por el DNU 345/2021 hasta el 30 de junio de 2021.
A ello se suma el aumento exponencial de casos por el avance de la segunda ola que, a junio 2021, llegó a un total de 350.000 casos registrados.
La incertidumbre se genera porque el aumento de la litigiosidad de estos casos de Covid-19 irán a engrosar el numeroso stock de juicios que ya posee el sistema. En la actualidad, con la reapertura del servicio de Justicia en varias jurisdicciones —muy a cuentagotas, por cierto—, se advierte que las primeras demandas por el coronavirus ya están siendo notificadas.
El Sistema de Riesgos del Trabajo, que ya venía golpeado, intentaba superar día a día los enormes desafíos jurisprudenciales, dando respuesta a las exigencias de la sociedad en su conjunto (empresarios y trabajadores), aunque es evidente que resultará imposible financiar todas las prestaciones del COVID a los trabajadores con cobertura solo con la ayuda del FFEP. Aún más, el sistema otra vez está en jaque, porque se pretende cubrir lo que no estaba incluido originalmente, ¡y en este caso es un evento catastrófico!
El Fondo, paradójicamente y desde hace tiempo, no cuenta con fondos necesarios para hacer frente a los gastos incurridos. Pues, desde 2001, este se acrecentaba mes a mes con el mínimo aporte de $ 0,60 por trabajador; la reciente Res 115/2021 del MTYSS, que lo aumentó a $ 40 por trabajador, no parece suficiente, amén de provocar una suma en los costos del sistema que debe ser asumida por los empleadores, quienes francamente han sido muy afectados por la recesión y la caída de la economía.
Con este panorama, las ART son las que están atendiendo los siniestros, sin poder recuperar de manera fácil y temporánea el dinero del FFEP, luego de que se agotara con los primeros casos.
La solvencia del sector se encuentra severamente comprometida y su flujo de fondos gravemente alterado. El daño financiero es doble: por un lado, las ART deben “adelantar” los pagos de siniestros, sin poder invertir los fondos en el mercado financiero, despojándolos de la renta y, por el otro, deben emprender el largo camino dispuesto para recuperar lo abonado por adelantado del FFEP (si tuviera fondos suficientes), que reintegrará a valores nominales con la consiguiente pérdida por la alta inflación reinante. Un coctel explosivo.
Cuando el sistema de Riesgos del Trabajo empezaba a recuperarse de la alta litigiosidad, recibe ahora una nueva amenaza.
Con empleadores fundidos y un Estado con graves desafíos económicos y financieros por delante, la ampliación alegre de la cobertura, sin un financiamiento garantizado, amenaza al sistema de Riesgos del Trabajo a un colapso indeseado.
Tampoco parece casualidad que en este momento se hable de la reforma del sistema de salud. Será el turno de la política oficial de dar las respuestas necesarias que el momento amerita y decidir si se seguirá desfinanciando al sistema, lo que llevará inevitablemente a su desaparición o si, por el contrario, se buscarán soluciones realistas y duraderas que lo fortalezcan.
Hay mucho trabajo por delante.