Condena por Mala Praxis Médica.

POR DIARIO JUDICIAL 

Era el otro riñón, y por ello fueron condenados los médicos, la Obra Social OSDE y las aseguradoras TPC y SMG.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil N° 89, a cargo de María Laura Ragoni, hizo lugar a una demanda por la suma de $27.975.126 como consecuencia de los daños y perjuicios que sufrió una paciente, a quien le extirparon el riñón equivocado.

Se trata de una demanda por mala praxis contra dos médicos, la obra social OSDE y al Sanatorio de la Ciudad SRL, como también a sus aseguradoras. La paciente fue diagnosticada de tumor renal izquierdo, pero la cirugía terminó con la extracción total del riñón derecho y la resección parcial del izquierdo.

Los pretensores -la paciente, su cónyuge y su hijo-, aseguraron que la nefrectomía derecha se hizo por error o negligencia médica, que el órgano estaba sano y que no prestó su consentimiento para esa extracción.

Por su parte, los galenos y sus aseguradoras argumentan que la resección total del riñón derecho se hizo correctamente porque en el transcurso de la cirugía se encontraron con una variante vascular compleja que no había sido informada en la tomografía, lo que derivó en un sangrado y se optó por realizar la nefrectomía del riñón derecho para salvar la vida de la paciente, según afirmaron.

De este modo, la magistrada consideró que se comenzó -por error- “la resección del riñón derecho sin complicaciones”, es decir, sin sangrado, sin descompensación de la paciente, para luego cambiar de posición durante la cirugía y recién ahí le realizaron una nefrectomía parcial del riñón izquierdo, que era la cirugía programada.

Asimismo, el sanatorio argumentó además que no debe responder porque se limitó a dar en alquiler el quirófano a los médicos demandados y en subsidio contestó la demanda en los mismo términos que los otros codemandados.

En el caso se planteó si la extirpación del riñón derecho de la pretensora en la cirugía programada para resección total o parcial del riñón izquierdo, obedeció a una contingencia inevitable y fue la única manera de salvarle la vida; o si ocurrió por error negligente de los médicos.

El perito interviniente dio su teoría de lo que ocurrió: “Para mi la hipótesis mas factible es que se hizo una nefrectomía laparoscopica derecha sin complicaciones, la paciente no se descompensó y después se pudo, por eso, hacer una parcial izquierda, para sacarle el tumor que es lo que tenía”,

De este modo, la magistrada consideró que se comenzó -por error- “la resección del riñón derecho sin complicaciones”, es decir, sin sangrado, sin descompensación de la paciente, para luego cambiar de posición durante la cirugía y recién ahí le realizaron una nefrectomía parcial del riñón izquierdo, que era la cirugía programada.

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