Clarificando (VI)
Especial para El Seguro en acción
El proceso de bancarización de las operaciones de cobranza de premios parece no tener vuelta atrás, no obstante las fortísimas críticas que se le hicieran a la norma, tanto del sector de los productores asesores de seguros, como desde las propias entidades aseguradoras.
En un país donde los índices de informalidad laboral son elevados y crecientes, donde se observan dificultades comerciales por caída del consumo, así como de los indicadores más relevantes de la economía, y en el que el sector asegurador afectado por el contexto general parece más preocupado por no perder que por ganar, no se alcanza a comprende la oportunidad y conveniencia de este tipo de medidas, que en el mejor de los casos, incrementan las exigencias regulatorias restringiendo las “facilidades” del asegurado/tomador para cumplir su carga más importante frente al asegurador, lo que de por sí podría llegar a impulsar en un consumidor no tan adverso a la toma de riesgos, la decisión de fugarse del sistema asegurador, o en su caso reducir sus consumos, circunstancia que trasciende la calificación de mera “externalidad negativa”.
Más allá de los comentarios que podamos hacer, la Superintendencia de Seguros de la Nación ha reafirmado su rumbo, y este lunes dictó la Resolución 40.619 por la que se modifica el inciso d) del artículo 1 de la Resolución del ex Ministerio de Economía Nº 429 del 2000 y sus modificatorias.
En esta oportunidad resultan las entidades aseguradoras los sujetos regulados, determinándose que la percepción de los premios de los contratos de seguros por parte de dichas entidades, a excepción del cheque cancelatorio Ley 25.345 o el cheque no a la orden, deberá registrarse a través de controladores fiscales homologados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, cuya utilización deberá ser previamente autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
En principio, la norma trae algunas novedades. La primera es la eliminación del dinero en efectivo como medio de pago, la segunda sería la eliminación contenida en el inciso d) del artículo 1º de la Resolución del Ministerio de Economía Nº 429-2000, que hacía referencia al cheque librado no a la orden por el asegurado o tomador a la entidad aseguradora, quedando ahora reducida la exigencia a cheque librado no a la orden, modificación que obviamente se extendería a la Resolución SSN Nº 40.541, y por consiguiente a la práctica de cobranza que realizan los productores asesores de seguro.
Lo dicho en el párrafo anterior guarda lógica en razón a que el Organismo de Control encuentra facultades para derogar parcialmente la norma del ex – ministerio de economía en cuanto al dinero en efectivo, interpretándose analógicamente lo mismo con relación al cheque librado con cláusula no a la orden.
Por otra parte, la norma remarca que la FALTA de autorización por parte de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, inhabilita a la ENTIDAD a realizar cualquier gestión de cobranza en la que sea requerida la utilización del controlador fiscal.
Lo dicho introduce un cambio no menor, por cuanto se modifica el criterio del artículo 3º de la Resolución SSN Nº 27.627-2000 cuya redacción coincide con el de la nueva norma, con excepción al último párrafo del citado artículo, que preveía que si en el término de 20 días la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION no se expidiera respecto a la aprobación o desaprobación, el convenio de cobranza presentado se consideraba tácitamente habilitado, lo que en principio otorgaba parámetros mas definidos para los supervisados, para un tema que resulta primordial para la actividad.
El cronograma del artículo 4º no difiere con el del 7º de la Resolución SSN Nº 40.541 salvo en lo relativo al apartado c), que deja a salvo de la norma los importes de cobro hasta la suma de $1.000.- en cumplimiento con los presupuestos mínimos previstos por la ley 25.345, lo que en nuestra opinión también debería serle extensible a los productores asesores en razón al alcance de la norma legislativa.
Dr. Gastón Raúl Martínez
Abogado – Escribano
Ex Coordinador (Gerencia de Autorizaciones y Registros-Área Productores)
Mg. en Derecho de Empresas (Universidad de Palermo)
Esp. en Políticas Públicas (Universidad de San Andrés)
Mis queridos productores de seguros: desde hace ya 19 años que en mi cartera de seguros no se realiza el cobro de las primas de los asegurados. En esa época, año 1998, parecía una locura de internación, y en voces de otros colegas, la decisión de hacerlo se comparaba con el suicidio. Los argumentos más variados y anunciadores del desastre no me asustaron; simplemente entendí que mi trabajo no era como cobrador el cual se extinguía frente a nuevas tecnologías que más que robarme el trabajo de cobrar, me lo facilitaba en dimensiones inimaginables para disponer más tiempo y menos responsabilidad.
DOS PARADIGMAS VERDADES Y SUPUESTOS
En 1998 sólo existían algunos bancos, algunas tarjetas de crédito, y también estaba empezando la red pago fácil, pero sólo en CABA. Aun así la decisión estaba tomada y se comenzó a retirar de a poco la cobranza de la calle, en un proceso que llevó menos de un año.
Los argumentos de la cercanía con el cliente que la cobranza lograba, cedían ante el propio engaño de que ese contacto mantenía mi cartera. La verdad es que el cliente te cambia igual en el momento menos pensado y no porque le dejaste de ir a cobrar. Otro argumento es el económico les cuento que nunca sirvió un 3 % o 4 % más para mantener autos y cobradores en la calle, con los riesgos de robo siempre soportado por el productor, desgaste del automotor, sueldos, seguros y más.
El argumento de los bancos nunca me quitó el sueño. La verdad es que los bancos si fracasan a la hora de mantener al cliente, no se olviden que el 70 % de la producción del total del país en los rubros automotores y combinados familiares está en manos de los productores independientes, sin contar el resto de las ramas que en que los bancos por su operaria no participan.
Además había que firman convenios de pago abusivos, cobrar diferido y pagar en término, problemas de falta de pago, de imputación de pago, rechazos de siniestro por falta de pago, deudores por premio (¿se acuerdan de la UPR?), cheques rechazados, visitas de pago fallido, horarios de visita, pago en nombre del asegurado de difícil recuperación, etc., etc., etc.
El artículo 53 de la ley 17418 bajo el titulo “Intervención de auxiliares en la celebración del contrato” AUXILIARES Facultades: inciso c) “Aceptar el pago de la prima…..”, bien claro queda que es una facultad del productor y no una obligación.
Mi conclusión fue sin duda desistir de tanta responsabilidad por la obligaciones reciprocas de las que el productor no es parte. Y así fue: CHAU COBRANZA.
Hoy a 19 años de aquella decisión acertada y con el avance exponencial de los medios de comunicación y formas de pago, y bajo esta nueva modalidad obligatoria de cobro según resolución de SSN, les digo: NO TENGAN MIEDO AL CAMBIO.
Les cuento que perdí los clientes que tenía que perder y gane otros mejores.
No sufrí para nada el mito de la pérdida del cliente y dejé de perder dinero con la estructura de cobranza: chau gastos, problemas y corridas. El buen cliente no es el que más prima paga, es el que paga en tiempo y forma.
Gane dinero igual y me sobró muchísimo tiempo para dedicarme a la función específica de esta actividad: producir y asesorar; mejoré el contacto con el cliente, ya no le iba a sacarle dinero todos los meses, ahora lo visitaba para ver como andaba o para ofrecerle más productos o llamarlo por su cumpleaños. Con el tiempo sobrante, se mejoró mi estructura de trabajo, invertí en tecnología digital y digitalicé más de 30 años de trabajo, adquirí sistemas que me permiten controlar desde cualquier parte del mundo mi trabajo, me enfoqué de lleno en las tecnologías que permiten tener y ahorrar tiempo (que es lo más caro de la vida), y me esforcé por mejorar mi profesión. ¿Saben que hice con el tiempo sobrante?; empecé por el deporte, me recibí de abogado, hoy estoy empezando la especialización en contratos de consumo, paso más tiempo en casa, con mis hijas, salgo de vacaciones sin preocupación por vencimientos.
Gané 101 % en salud y calidad de vida, en una decisión.
Atuel Bilia (PAS-Abogado) Monte Grande-Buenos Aires
Lo que expone el colega Atuel Bilia es netamente una experiencia personal. Es válida, pero no es una muestra de lo que sucede a nivel regional y menos a nivel federal.
Está claro que esta medida beneficia exclusivamente al sector bancario, por más de una razón y a las compañías mas grandes. Estas últimas no sólo por tener casi el 100 % de su cartera ya bancarizada, sino porque tampoco toman los riesgos del sector que no está bancarizado, como son los modelos de vehículos con más de 20 años de antigüedad por ejemplo (vehículos que van a circular con o sin seguro, y que van a dañar y perjudicar a terceros). Por lo que no se ven afectadas prácticamente en absoluto.
¿Y a quienes perjudica? No sólo a las pequeñas y medianas aseguradoras, a los productores de seguros como también a los propios asegurados. ¿Por qué? Porque vivimos en un país donde, lamentablemente, la mayoría vive y subsiste con trabajos informales, donde esos trabajadores informales, pudieron ir escalando a nivel social, paso a paso, pero estando dentro de un marco no regulado, changas, trabajo en negro, etc., etc. No hace falta que enumere acá los millones de puestos informales que disponen de un vehículo o un seguro de accidentes personales que lamentablemente van a quedar excluidos con esta medida.
Sumado a esto, hay que entender que el mercado asegurador no se compone solamente con lo que sucede en C.A.B.A. y GBA, sino comprender a los sectores más rurales, donde no existe un Pago Fácil. Se mencionan que hay sucursales del Banco Nación para abonar los mismos, quizás no saben que eso sucede en las ciudades más grandes y no en pequeños pueblos, y que el horario bancario es tan acotado, que también el acceso a los mismos en caso de que existiera, seria casi imposible de llegar.
Comparto la idea de que hay que buscar la bancarización del sector, pero la forma utilizada de la exclusión total de un amplio sector no es el mejor camino.
M. P. (PA)