A PROPÓSITO DE UN FALLO RECIENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DEL TRABAJO-SALA III (*)

Es una sentencia que trata un planteo en abstracto del CPACF, que en este caso representa un interés de una parte de sus matriculados, sin haberse demostrado perjuicio alguno.

Se pierde de vista el bien jurídico tutelado por la ley: el trabajador.

La nueva legislación tiene como fin último garantizar a todos los trabajadores del país un trato igual en sede administrativa y en sede judicial, a través de un proceso administrativo previo que durará un plazo sensiblemente menor al de un proceso judicial (60 días hábiles), con patrocinio letrado obligatorio, desde el comienzo del mismo y sin costo para el trabajador. Si no posee abogado, el Estado le provee uno.

Comisión de Legales – UART

 (*) Causa 9.420/2017/CA1 – “Rizzo, Jorge G. y otro c/ Estado Nacional- Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo” – CNTRAB – SALA III – 07/04/2017

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