OBJETO DEL SEGURO: EL INTERÉS ASEGURABLE

Especial para “El Seguro en acción” En los Seguros Patrimoniales, las pólizas cubren en primer lugar el interés económico lícito del asegurado,  respecto de la integridad de activos o ingresos, que pueden ser dañados por riesgos no voluntarios. El segundo interés asegurable, es el valor de los pasivos accidentales, constituidos  por obligaciones hacia terceros, originadas en daños  provocados  por actos u  omisiones propias o por responsabilidades especiales fijadas legalmente (Riesgos del Trabajo). Menos de lo que tengo o más de lo que debo, a causa de hechos u omisiones involuntarios, configuran…

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FUNCION Y BASE ECONOMICA DEL SEGURO

Especial para El Seguro en acción Como toda institución económica, el seguro cumple una importante función en este campo, pero también otra no menos importante, en el sector social y humano. Algunos autores han puesto el acento en su naturaleza económica y financiera, mientras que otros han señalado su alto valor en cuanto a los riesgos personales. Se trata de una forma superadora del ahorro, porque por este medio se posibilita la reposición de lo dañado, destruido, robado, como asimismo financiar una erogación imprevista o involuntaria. Evidentemente, el seguro constituye…

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PRINCIPIOS TECNICOS DEL SEGURO

Especial para El Seguro en acción Los seguros patrimoniales se concretan a través de un contrato bilateral oneroso, por el cual una parte (el asegurado), transfiere a otra (el asegurador),determinada porción de los daños, valuados económicamente, que pueda sufrir a causa de determinado hecho involuntario.Ese contrato, concretado en la “póliza de seguro” y en sus cláusulas adicionales, constituye el principio de prueba por escrito de las obligaciones recíprocas de las partes. Los seguros sobre la vida humana constituyen una forma aseguradora especial, sustentada sobre bases jurídicas y técnicas específicas, que…

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LOS RIESGOS, EL SEGURO Y LOS ASEGURADORES

Especial para El Seguro en acción   Seguros patrimoniales y seguros de personas   El conjunto de los bienes materiales, derechos y obligaciones apreciables en dinero, correspondientes a una persona física o jurídica, más los ingresos y créditos a su favor, constituyen su patrimonio. Este patrimonio puede estar afectado por deudas que, deducidas de los bienes citados, generan el patrimonio neto, el cual está expuesto a riesgos de distinta naturaleza, que pueden afectarlo por disminución del activo o por aparición de pasivos involuntarios. Tales riesgos están cubiertos por los Seguros…

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RIESGOS E INTERESES ASEGURABLES

Especial para El Seguro en acción        La existencia de un bien, integrante del patrimonio de una persona física o jurídica y el peligro de que sufra un daño económicamente valuable, son dos condiciones necesarias para la existencia lícita del Seguro Patrimonial. El riesgo es la causa del contrato de seguro y el interés asegurable es el objeto del mismo. Lo expuesto, se refiere expresamente sólo a un sector de los seguros. La otra ruta aseguradora está constituida por los Seguros de Personas. Este sector está integrado por las variadas…

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EL MARCO REGULATORIO DEL REASEGURO EN LA ARGENTINA

En los números  anteriores definimos y caracterizamos las diferentes formas técnicas y operativas que pueden adoptar los reaseguros. Iniciaremos ahora  la descripción de las autorizadas por la SSN para su aplicación en el mercado local, así como los distintos tipos de operadores admitidos. Los operadores La integración del mercado de oferta aseguradora esta reglado por la Resolución n  35.615  del 11 de Febrero de 2.010, luego   ampliada por las nos. 35.726 y 35.794.          . Estas normas reglamentarias establecen las condiciones básicas de la autorización para funcionar de las que  denominamos…

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EL MARCO REGULATORIO DEL REASEGURO EN LA ARGENTINA

Especial para El Seguro en acción En ediciones anteriores definimos y caracterizamos las diferentes formas técnicas y operativas que pueden adoptar los reaseguros. Iniciaremos ahora la descripción de las autorizadas por la SSN para su aplicación en el mercado local, así como los distintos tipos de operadores admitidos. Los operadores El “Marco Regulatorio del Reaseguro” ha sido establecido por la Resolución 35.615  del 11 de febrero del 2010,  posteriormente ampliada por las Resoluciones 35.726 y 35.794 (*). Estas normas reglamentarias establecen las condiciones básicas de la autorización para funcionar, de…

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EL REASEGURO EN LA ARGENTINA

Especial para El Seguro en acción  En la Argentina, el contrato de seguro fue legislado inicialmente en el Código de Comercio dictado en 1861, junto con el régimen de las sociedades comerciales, dando así seguridad jurídica a una herramienta básica para el desarrollo económico-social de nuestro país.  Al amparo de esta legislación, se fue construyendo el mercado asegurador local, Luego de un largo proceso se llega al año 1937, en el cual se crea la Superintendencia de Seguros de la Nación, estableciéndose la normativa aplicable a la constitución y funcionamiento…

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LOS REASEGUROS ALTERNATIVOS

Especial para El Seguro en acción En el número anterior nos ocupamos de los reaseguros de Exceso de Pérdida en sus tres versiones (XL por bien asegurado, por acontecimiento y por catástrofe). En esta entrega  pasaremos a analizar algunas formas alternativas poco ortodoxas, que se han intentado en algunos mercados, con mayor o menor éxito y que en general no han tenido permanencia. Iniciaremos el comentario con las coberturas de Stop Loss (“Pare la pérdida”),  destinadas a proteger  al asegurador directo del desequilibrio sufrido por  el comportamiento siniestral de la…

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CARACTERISTICAS DE LOS REASEGUROS NO PROPORCIONALES

Especial para El Seguro en acción En el artículo inicial de nuestra sección, nos ocupamos del nuevo marco regulatorio del reaseguro local. Posteriormente en otro artículo nos dedicamos a describir las características de los Reaseguros No Proporcionales (de siniestros), haciendo un análisis comparativo con los Proporcionales (de riesgos). Hoy volvemos sobre el tema, que tiene estrecha relación con la retención nacional, a pesar de lo cual no ha sido considerado en la regulación establecida en la Resolución nº 35.615 de la SSN, cuyas normas se refieren sólo al Reaseguro Proporcional…

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