Fallo de corte internacional contra aseguradoras chilenas

Boris Molina Acevedo, Abogado, Árbitro de Derecho, Profesor universitario, Consultor y Asesor jurídico, de Costa Rica, difundió en su cuenta de Linkedin este trascendente fallo. El profesional señaló que esta es la primera resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra de acciones de aseguradoras privadas y la responsabilidad del Estado por ese hecho.

CASO VERA ROJAS Y OTROS VS. CHILE SENTENCIA DE 1 DE OCTUBRE DE 2021.

En un hecho sin precedentes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fallado en contra de Chile por violación a los derechos a la vida, la vida digna, la integridad personal, la niñez, la salud y la seguridad social, en relación con la obligación de garantizar los derechos sin discriminación, y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno, contenidos en los artículos 4.1, 5.1, 19 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento.

Dentro de lo más importante de la sentencia ( https://lnkd.in/eq8SgrfU ) resaltamos lo siguiente:

112 – (…) el Estado debe regular que los afiliados de las aseguradoras privadas tengan acceso a la información sobre las condiciones de tratamiento efectivo que gocen, lo que incluye las condiciones de cobertura de los servicios, y los recursos que dispone el afiliado en caso de inconformidad.”

124 – (…) En consecuencia, los Estados tienen el deber de garantizar su prestación, al igual que la de regular y fiscalizar la actividad de las empresas privadas de servicios de salud, incluidos los servicios de las aseguradoras, en tanto su actuación se encuentra en la esfera de un servicio de naturaleza pública, por lo que actúa a nombre del Estado (supra párrs. 81 a 92).

135 – (…) La decisión de la aseguradora privada, resultado del incumplimiento del deber de regulación del Estado, puso en riesgo los derechos a la vida, la vida digna, la integridad personal, la niñez, la salud y la seguridad social, en relación con la obligación de garantizar los derechos sin discriminación y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno, en perjuicio de Martina Vera, protegidos por los artículos 4, 5, 19 y 26 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento. Asimismo, la existencia de dicha norma constituyó un incumplimiento de las obligaciones de desarrollo progresivo del Estado en términos del artículo 26 de la Convención Americana.”

La sentencia es más rica en determinar la adecuada protección de los derechos humanos que deben hacer los operadores del Derecho, los Estados, las instituciones públicas, en favor de los consumidores de seguros, de esas personas que se convierten en asegurados de las aseguradoras privadas y que son tratados como si fuesen parte de un contrato comercial, olvidando que se está frente a un contrato de consumo, cuyas características son especiales y en función de ello deben resolverse las situaciones que se presentan, haciendo un adecuado control de constitucionalidad y de convencionalidad.

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2 Thoughts to “Fallo de corte internacional contra aseguradoras chilenas”

  1. Nancy A. Vilá

    Muy estimados: Me permito solicitarles la publicación del fallo, sobre la aseguradora de Chile tampoco mencionada , ya que no siempre es posible que el dato de su publicación pueda abrirse correctamente. Gracias Nancy Vilá

    1. El seguro en acción

      Hola Nancy. Le envío el link. gracias. https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_439_esp.pdf

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