FAPASA (II): POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS ASEGURADOS Y DE LOS PAS

A propósito del contenido de las leyes 27.444 y 27.442, FAPASA ha iniciado una serie de acciones de difusión y gestiones con distintas entidades.

El pasado 18 de junio 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Nº 27.444 sobre “Simplificación y Desburocratización para el Desarrollo Productivo de la Nación”, que había sido sancionada por el Congreso de la Nación el 30 de mayo.

El Art. 113. de la misma establece: “Sustitúyese el primer párrafo del artículo 11 de la ley 17.418, por el siguiente: El contrato de seguro sólo puede probarse por escrito; sin embargo, todos los demás medios de prueba, inclusive cualquier medio digital, serán admitidos, si hay principio de prueba por escrito”.

Este artículo habilita a acreditar la vigencia del seguro obligatorio de Automotores ante las autoridades (policía de tránsito, fuerzas de seguridad –Policía, Gendarmería-) mediante medios digitales, como por ejemplo, exhibiendo el comprobante de pago en el teléfono celular.

Dado que en algunas jurisdicciones del país algunos asegurados han sido multados bajo el argumento de que el único medio para acreditar la vigencia del seguro es su presentación en formato de papel, FAPASA, a través de sus 22 asociaciones miembro, insta a todos los colegas a dar a conocer los términos del citado artículo de la Ley 27.444.-

Debemos hacer conocer y difundir esta modificación en la legislación para que nuestros asegurados sepan que la ley los ampara al momento de dar constancia de la contratación de su seguro obligatorio mediante medios digitales.

Por otra parte, la Ley Nº 27.442, sancionada el 9 de abril del corriente año y publicada en el Boletín Oficial el 15 de mayo, establece claramente que están prohibidos los acuerdos entre competidores, las concentraciones económicas, los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general.

A este respecto, cabe mencionar que todavía existen algunos sistemas de ahorro previo para la venta de automóviles que fijan precios y condiciones y eligen aseguradoras, actitud que con esta ley deban cambiar.

En ambos casos, FAPASA se propone ampliar la difusión de lo normado en las leyes citadas para luchar por la libertad de elección del consumidor, y por la protección de los derechos de los consumidores y los productores asesores de seguros de todo el país.

Fuente:  FAPASA – julio 20, 2018

 

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