La Resolución SSN 332-2020, dada a conocer por la SSN el 24 de septiembre, establece que los locales que ofrezcan al público la contratación de seguros deberán exhibir una constancia de su habilitación para tal fin: el Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros, que comenzará a regir desde el 1 de Enero de 2021.
El certificado se descargará del sitio oficial de SSN.
La idea es otorgar una herramienta a las autoridades municipales y provinciales para la habilitación de locales comerciales dedicados a este rubro.
FAPASA celebró la medida y expresó en un comunicado (ver aquí) que de esta manera se podrá combatir la venta ilegal de seguros.
A continuación, el texto de la resolucion.
RS-2020-64180809-APN-SSNMEC
Respecto al CAOPCS, surge mi consulta: no tengo local para la venta, lo hago desde mi domicilio particular. Tambien necesito el certificado?
hola Ricardo, no, en ese caso no necesita el certificado. Gracias.