LA PROVINCIA DE SANTA FE YA TIENE EN PRÁCTICA LA EXIGENCIA DEL SEGURO AMBIENTAL OBLIGATORIO (SAO)

COMUNICACIÓN DE PRENSA

LA PROVINCIA DE SANTA FE YA TIENE EN PRÁCTICA LA EXIGENCIA DEL SEGURO AMBIENTAL OBLIGATORIO (SAO)

Dictó el decreto reglamentario que complementa los presupuestos mínimos establecidos por la Nación. Así, los cuatro mayores distritos de la República por cantidad de habitantes, la provincia y la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Córdoba y Santa Fe, ya cumplen la manda constitucional de velar por la protección del ambiente, exigiendo una garantía de recomposición de los daños ambientales de incidencia colectiva provocados en la actividad productiva.

La provincia de Santa Fe reglamentó mediante un decreto la exigencia del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) con lo cual los cuatro mayores distritos de la República Argentina -la provincia y la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Córdoba y Santa Fe-, además de otros, ya han publicado las normativas que complementan los presupuestos mínimos exigidos por la Nación y tienen en práctica el sistema.

De tal forma la provincia de Santa Fe se suma a aquellos otros distritos que han asumido la responsabilidad de defender el interés de la comunidad exigiendo a los sujetos obligados, sean personas físicas o jurídicas, la contratación de la garantía de recomposición de los eventuales daños de incidencia colectiva que provoquen en su accionar productivo.

Mediante el Decreto 1879/13, que lleva la firma del gobernador Antonio Bonfatti, la provincia de Santa Fe, reglamentó la exigencia del SAO conforme a lo dispuesto por la Constitución Nacional en su Art. 41, la Ley general de Ambiente N° 25.675 en su Art. 22 y la Ley Provincial Nº 11.717, de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

La exigencia del SAO en la provincia de Santa Fe alcanza a todos los establecimientos cuyo Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) sea mayor o igual a 14 puntos, aplicando un criterio aún más estricto que el de la normativa nacional, que fija el piso de NCA en 14,5 puntos.

La provincia de Santa Fe se suma de tal manera a las de Buenos Aires, Córdoba, Catamarca, Chaco, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Neuquén, la Ciudad de Buenos Aires y a la ACUMAR (autoridad ambiental jurisdiccional para la Cuenca Matanza Riachuelo). De tal forma, la exigibilidad del SAO ya se ha establecido en las zonas más industrializadas del país.

El Decreto promulgado por la provincia de Santa Fe determina que “las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que deseen obtener o mantener vigentes las respectivas habilitaciones, Informe Ambiental de Cumplimiento, permisos e inscripciones que otorga el Poder Ejecutivo a través de la Autoridad de Aplicación cuyo Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) en los términos de la Resolución Nº 177/07, modificatorias, ampliatorias y complementarias de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS) sea igual o mayor a catorce (14) puntos, deberán acreditar en el plazo de treinta (30) días de publicado el presente, la contratación de un Seguro por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva en observancia a lo establecido por el Artículo 22 de la Ley General del Ambiente -Nº 25.675- y las normas reglamentarias. La presentación del seguro será condición previa al comienzo de las actividades en los términos de los Capítulos VIII y X de la Ley Nº 11.717”.

Asimismo dispuso que los obligados deberán adjuntar copia del Formulario de Autodeterminación del Monto Mínimo Asegurable de Entidad Suficiente (MMAES) certificada por la Compañía de Seguros interviniente, la cual tendrá carácter de declaración jurada, conforme los términos de la Resolución Nº 1.398/08, modificatorias y complementarias de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y la Superintendencia de Seguros de la Nación.

La provincia designó Autoridad de Aplicación del régimen al Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente a través de la Secretaria de Medio Ambiente, o la que en el futuro la reemplace.

Por más información:

CAARA 011 5235 1626 [email protected]

Ariana Sarcinella [email protected]

Verónica Gullotta [email protected][email protected]

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