A poner las barbas en remojo las empresas que estén en una situación similar

La SSN le impuso una multa de $ 100.000 a FINAER

 

Mediante la Resolución 2019-1083 la SSN  impuso a FINAER S.A. una MULTA por la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000.-) en los términos del Artículo 61 de la Ley Nº 20.091, y como accesoria, una INHABILITACIÓN por el término de DOS (2) años.

Todo se originó por una denuncia formulada por EL SURCO COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA contra FINAER S.A. por presunto ejercicio irregular de la actividad aseguradora.

Según consta en el fundamento de la sanción,  se acusó a FINAER de ofrecer una “garantía de daños” y una “garantía para alquilar”, describiendo que su servicio consiste en el pago de una suma indemnizatoria ante el incumplimiento del inquilino (quien sería el tomador) al locador (beneficiario). Y que FINAER «garantiza la restitución del inmueble locado en el mismo estado al momento de la finalización del alquiler», asumiendo el compromiso de responder económicamente ante la necesidad de reparación de cualquier desperfecto.

Por ello, El Surco entendió que dichas “garantías” no son otra cosa que verdaderos Contratos de Seguros, en los términos previstos por la Ley N° 17.418.

También se configuraría competencia desleal porque  «las coberturas promocionadas y brindadas por FINAER S.A. se encuentran ofrecidas en el mercado por aseguradores».

Por ello, del análisis de los hechos denunciados la SSN determinó “prima facie” que FINAER S.A. «comercializaría seguros sin encontrarse debidamente autorizada por la autoridad de control».

 

A continuación repoducimos la Resolución 1083 que determina la sanción, y más abajo, el descargo enviado por FINAER a esta redacción.

 

RES_SSN_1083_2019

 

Descargo de FINAER SA:

 

A todo el sector inmobiliario:

Nos dirigimos a todo el sector con el fin de aclarar y sobre todo transmitir tranquilidad sobre la resolución emitida el pasado 27 de Noviembre por la Superintendencia de Seguros, en la cual se pretende aplicar una multa e inhabilitar a la empresa por comercializar seguros de caución, lo cual, es falso porque Finaer no es un seguro de caución.

A tales efectos informamos que:

  1. En la misma resolución, en la página 2 del archivo que circuló, la misma Superintendencia de Seguros de la Nación dice:

 “Que analizado el descargo presentado a raíz del traslado conferido, se concluye que, con respecto a la operatoria referida a la “garantía para alquilar”, debe decirse que la misma no supone un seguro de caución propiamente dicho, sino el otorgamiento de fianza por parte de una sociedad anónima en el marco de los Artículos 1574 a 1598 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.”

“Que en consecuencia, este Organismo de Control no puede tener injerencia sobre quienes celebren contratos de fianza en los términos del Artículo 1574 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN”

  1. Por lo tanto el cuestionamiento se circunscribe exclusivamente a la Garantía de Daños, producto que ya no comercializamos
  2. La Resolución administrativa de la SSN, no tiene sentencia firme y Finaer cuenta con los mejores profesionales para apelar la misma, a fin de que esta vez un órgano judicial determine que se trata de una resolución abusiva y carente de todo sustento jurídico.
  3. Como conclusión de todo lo expuesto, queremos transmitir tranquilidad a todo el mercado inmobiliario, con el que siempre hemos trabajado y conoce perfectamente nuestra seriedad y solvencia, informando que nuestra empresa está perfectamente habilitada para continuar garantizando contratos de alquiler a través de las fianzas y que nuestra solvencia está intacta para honrar los contratos ya firmados.
  4. Que llegaremos hasta las últimas consecuencias jurídicas por el atropello que significó esta resolución, poniendo en duda, aunque sea por un día, la integridad de nuestra empresa.
  5. Continuaremos difundiendo novedades al respecto y les pido a través de este medio, que difundan entre sus pares las conclusiones aquí expuestas, para contrarrestar la ola de falsedades e injurias que se han dicho de nuestra empresa, con el único objeto de difamarnos por la imposibilidad de competir lealmente.

Oscar Lema

Presidente

Finaer S.A.

 

 

 

 

 

 

 

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One Thought to “A poner las barbas en remojo las empresas que estén en una situación similar”

  1. En FM Milenium hay una publicidad de Finaer donde dice » consulta por que seguro te recomienda Finaer».

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