TRANSPARENCIA”: NO BASTA CON PREGONARLA; HAY QUE PRACTICARLA (Nota I)

El martes 14, el Superintendente de Seguros, doctor Juan Pazo, en el programa televisivo Pool Económico, afirmó que “la transparencia y la confiabilidad, llegaron para quedarse”. La referencia tiene directa relación y está en línea, con lo que también le escuchamos el 2 de marzo en su primera (y única) reunión con los periodistas especializados, cuando nos dijo que Todos los sectores del mercado tienen las puertas abiertas para dialogar con nosotros”, (…) incluyendo no sólo a las dos máximas autoridades, sino también a la línea gerencial. (ver

Expresiones, ambas, acordes con las acciones que deben llevar adelante los funcionarios públicos y, obviamente, con lo que el mercado espera.

Pero (el bendito “pero” que constantemente nos tortura), las palabras recorren un camino, y la realidad transita por otro.

  1. A las pruebas nos remitimos

A la primera afirmación (“la transparencia…”), nos referiremos en lo sustancial de esta nota.

Respecto de la segunda (“las puertas abiertas…”), podemos afirmar (con abundantes pruebas), que ello no está sucediendo así. En los hechos y por más que alguno pretenda disimularlo a través de recursos dialécticos, desde el conmutador de la SSN no se puede obtener contacto directo con los gerentes de la Repartición. Y si uno intenta hacerlo vía mail, éstos no son respondidos.

No se trata, por cierto, de consultas misteriosas que “el escriba” quiera formular sino, simplemente, de cuestiones formales y/u operativas, que uno desea desentrañar, para luego informar debidamente al lector. Para ello (y conforme a los hechos verificados), hay que pasar el filtro de una oficina de la Unidad Superintendente, que -al parecer- habilitaría ese eventual contacto. Pero si en esa oficina no está quien “maneja la lapicera”, ni esa persona luego responde el mensaje del que uno deja constancia, el resultado es la oscuridad y no la transparencia. Que es, exactamente, lo que nos viene sucediendo.

De manera tal que, hecha la aclaración y habiendo agotado el razonable tiempo de espera, pasaremos al tema que hoy nos ocupa, sin que el lector tenga la suerte de escuchar “la otra campana”, aunque -de nuestra parte- las puertas siguen abiertas. Lo lamentamos, pero así son las cosas…

  1. ¿De qué se trata?

Hace 33 años inauguramos una rutina (hasta aquí no imitada): que nuestros lectores tuvieran acceso a TODAS las disposiciones públicas de la Superintendencia de Seguros de la Nación, entendiendo que ello constituía el mejor camino no sólo hacia la debida información del mercado sino, básicamente, para lograr que “la transparencia” no fuera una hermosa expresión declamatoria, sino una realidad. Al efecto ver, como resumen, nuestras notas “Coincido con usted, señor presidente” y “La falta de transparencia, oscurece (y alimenta a los depredadores)”.

En función de esos principios, en cada edición de SIDEMA expusimos, con numeración corrida y sin excepción alguna, la síntesis de cada caso, según puede observarse en el ejemplo tomado al azar, que brindamos por separado. 

Así lo hicimos durante casi 18 años, hasta que la crisis del año 2000/2001 nos obligó a cesar con la publicación de SIDEMA. Pero, en el tema que venimos abordando, retomamos la iniciativa desde la primera edición de El Seguro en acción, el 15 de marzo del 2012, aunque por razones técnicas no fuimos tan detallistas como al inicio (numeración correlativa), aunque mantuvimos la idea central y primigenia: las cuestiones de fondo (incluyendo las sanciones), nunca dejarían de ser expuestas, afectaran a quien afectaran.

Por otra parte, y como podrá observarse en el ejemplo anterior, siempre existieron no sólo resoluciones internas que, por su esencia, es lógico que no deban ser expuestas públicamente, sino que la SSN tuvo la (a nuestro criterio) muy mala práctica de catalogar como “no publicables” ciertas medidas precautorias (o sanciones). Y a ello debe sumarse que, por razones inexplicables e inexplicadas, cada tanto nos encontramos con la sorpresa de que una que otra Resolución sancionatoria no es publicada.

Desde el inicio venimos combatiendo esa práctica, tanto en nuestras publicaciones periódicas, como en Congresos nacionales (FAPASA-AAPAS). No es del caso hacer ahora una cronología al respecto, pero debemos dejarlo expuesto, para que quede en claro que nuestra crítica no se limita a la actual administración, sino que abarcó también a las catorce precedentes.

3. Primer caso puntual (de los registrados últimamente)

Hace casi dos años aplaudimos la llegada de Kronos, la biblioteca virtual dentro del sitio web de la SSN, por cuanto facilita en grado sumo la información para el mercado (a este momento registra las Circulares el 2002 y Resoluciones desde 1947, mientras siguen trabajando en la actualización “hacia atrás”). 

Desde entonces, cualquier interesado en el tema puede acceder al sistema vía www.ssn.gob.ar, Kronos-normativa. Pero observará que hay gran cantidad de números de disposiciones que se encuentran volcadas. En consecuencia, debe presumir que se trata de normas internas. Eso sería lo lógico; pero en la práctica no es así.

Por ejemplo, si el 27 de octubre ppdo. a primera hora, usted acudía al sistema, la correlación de Resoluciones de ese segmento, solamente registraba a las 40640/41/43/44/47/48/50 (…). Pero si a media mañana volvía al Kronos, se encontraba con la secuencia 40640/41/43/44/47/48/49/50 (…).

¿Por qué? Porque en el Boletín Oficial de ese día, fue publicada la R. 40951 (del 20/10), inscribiendo a una sociedad de productores, bajo la matrícula 1399. Pero también fue publicada la R. 40649 (¡del 31 de julio!) mediante la cual la misma sociedad había sido inscripta con la matrícula 1379. Por qué la publicación de esta Resolución fue demorada durante tres meses, es algo no explicado (insistimos: pese a que tratamos de saberlo por la vía oficial correspondiente).

¿Habrá sido por una simple omisión administrativa; o será porque en ese momento advirtieron que el número de matrícula ya había sido asignado a otra sociedad, etc.?

Pareciera que el tema no da para más, no tiene entidad suficiente. Pero no lo consideramos así, porque tiene directa ligazón con lo que desde hace más de 30 años venimos pregonando respecto de “la transparencia”.

Si la Superintendencia desea realmente ponerla en práctica, simplemente debería cambiar el criterio de carga de información a Kronos, incorporando todas aquellas normas que sean de carácter interno, y aclarando que así lo son. De manera tal que el lector accedería al listado completo, sin que se produzcan “saltos” en la numeración. Como diría la abuela: “…y santo remedio”….

Claro, en tal caso, cuando decidieran no publicar alguna sanción, inhibición, etc., deberían aclararlo expresamente, tal como consta en el documento que expusimos precedentemente, en el cual figura un caso de “Sanción no publicable”. Sería “semi transparencia” (si se nos permite el pecado gramatical), pero al menos, sabríamos a qué atenernos.

Porque en la actualidad, el mercado sabe que hay sanciones “ocultadas al conocimiento público”, sólo cuando nosotros lo denunciamos. A simple título de ejemplo, valga este listado parcial, referido a casos de suma gravedad y con afectación de los intereses comunitarios:

Y no debemos olvidar la situación producida en el traspaso de la administración de la SSN del licenciado Bontempo al licenciado Podjarny, que ha dejado fuera del conocimiento público gran cantidad de disposiciones, e incluso la situación irregular de normas cuya vigencia puede ser cuestionada. Esto es:

No se trata, por cierto, de un tema menor.

4. Rumbo a la segunda parte

Y basta por hoy. No queremos cansar al lector con una nota demasiado extensa. Pero quede claro que falta el final de esta nota, que reservamos para el jueves próximo. Porque “hay más informaciones…”

Por ejemplo, la rarísima situación que se viene advirtiendo en cuanto a inscripción de sociedades en el Registro de la ley 22400, y algunas quejas que hemos recibido, que denotarían que aquí también, la transparencia no está presente.

Y, tema no menor, una larga lista de cuestiones irresueltas, que tienen directa relación con la transparencia, la credibilidad y la confiabilidad. Materias en las cuales el sayo le cabe no sólo al Estado, sino también a las instituciones sectoriales.

Será hasta el jueves 30, estimado lector.

Raúl Jorge Carreira

[email protected]

 

 

 

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2 Thoughts to “TRANSPARENCIA”: NO BASTA CON PREGONARLA; HAY QUE PRACTICARLA (Nota I)”

  1. Muy buen comentario.
    Merecería respuesta de la autoridad
    Víctor Fratta (Asesor en seguros)

  2. Comparto lo consignado por el Sr. Raúl Carreira.
    Los productores asesores de seguros tenemos responsabilidades para con nuestros clientes.
    La falta de información afecta nuestra tarea y expone a los asegurados a riesgos que afectarán su patrimonio, desvirtuando la tarea del ente de control.
    Felipe Rosemberg (PAS-Tucumán)

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