COBRANZA ELECTRÓNICA: NUEVA RESOLUCIÓN E INICIO DEL RÉGIMEN. CUADRO DE SITUACIÓN.

En nuestra edición 275 (16/6/2017) anunciamos el dictado de la Resolución 40.541, que daba inicio al régimen de cobranza electrónica (o cobranza bancaria como frecuentemente sela menciona).

Antes de abordar el cierre (provisorio de ese periplo que hace presumir nuevas instancias), queremos aportar al lectura una breve relación de las principales novedades producidas al respecto, tal como las reflejamos en El Seguro en acción:

  • La relación con las distintas normas mencionadas en dicha Resolución.
  • La Resolución 40.619, complementaria de la 40.541, incluyendo a las aseguradoras en este régimen.
  • Dos notas del doctor Gastón Martínez abordando este tema: en la edición 276 y en la 280.
  • Las respectivas exposiciones del doctor Pazo y del presidente de FAPASA, Jorge Luis Zottos en Exproestrategas.
  • Y, finalmente, hace una semana difundimos el proyecto de una especie de reglamentación de la Resolución 40.541 consensuado entre la SSN y FAPASA.

Decíamos allí que “Luego de una gestión al máximo nivel (léase, diputado Pablo Tonelli ante el presidente Mauricio Macri), quedó destrabado el virtual conflicto producido a partir de la ruptura del diálogo entre la Superintendencia de Seguros y FAPASA, que impedía aclarar -antes del 1º de septiembre-, implicancias operativas de la Resolución 40.541 que habían sido expuestas ante el Organismo tanto por los representantes de los productores asesores, como por parte de las Cámaras empresarias del seguro.”

Pero un viaje al exterior emprendido por el Superintendente, demoró la concreción de ese acuerdo, que recién fue formalizado ayer, cuando el doctor Pazo firmó la Resolución 40.761

La norma citada no ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial, pero accedimos a su texto oficial a última hora de ayer, y cumplimos en presentarla a nuestros lectores.

Nuestros comentarios

En una primera lectura de esta nueva disposición, y urgidos por la premura de cierre de este news, resulta imprescindible dejar expuestas algunas reflexiones iniciales:

  • Resulta inexplicable la demora producida, por cuanto desde hace dos meses la SSN ha recibido innumerables pedidos de aclaración, luego de la convicción general en el mercado, de que no había marcha atrás en lo medular de la decisión, pero sí que eran necesarios ajustes de tipo operativo. No podemos olvidar que estamos a 24 horas del inicio del régimen.
  • Evidentemente, la gestión institucional de FAPASA llegó al límite de lo posible, pero sin alcanzar lo deseable. La férrea posición del doctor Pazo, fijó un límite infranqueable.
  • Ha quedado confirmado que la gestión del diputado Tonelli, canalizada vía Peña y Caputo, logró reabrir el diálogo y llegar a esta Resolución.
  • Pero (ese bendito “pero” al que nos referimos frecuentemente), la nueva Resolución registra al menos dos aspectos que en estas pocas horas desde la difusión de la norma por distintas redes, hemos receptado (y compartimos) como altamente preocupantes.
  • En primer término, el hecho de hacer sido “borrada” de los Considerandos, la referencia a la gestión y pre-acuerdo con FAPASA.
  • Por otra parte, el agravio que implica la inclusión -en los Considerandos de la medida- del siguiente párrafo: “Que a fin de establecer la trazabilidad, facilitar la transparencia, el control interno, la fiscalización Estatal y eliminar la comisión de fraudes de las operaciones efectuadas por los intermediarios de seguros, (…).”

Si el señor superintendente y/o sus asesores pretendieron, de rondón e impropiamente, introducir el tema del fraude en esta instancia, han cometido un grave error.

En primer lugar, porque está ofendiendo gratuitamente a los casi 36.000 inscriptos en el Registro de Productores Asesores, cuando solamente (aunque fuera de lugar) debieron, en todo caso, referirse a un puñado de depredadores que, ciertamente tienen esa práctica.

En segundo lugar porque, en todo caso y si querían exponer el tema, no debieron dejar afuera a los agentes institorios (¿acto fallido?) y, menos aún, a un puñado de aseguradoras expertas en materia de fraude (y por cierto no representativas de la correcta conducta de la mayoría de las operadoras. Aunque en este caso la omisión tiene una explicación: la inexperiencia de los nuevos funcionarios, que desconocen notorios antecedentes obrantes al respecto en el Organismo (incluyendo la violación de armarios para robar, un fin de semana, algunas pruebas al respecto). O el fraude -si de intermediación hablamos- que viene cometiendo, ”desde siempre” el Automóvil Club Argentino, según denunciamos ante la inacción de esta administración, de la precedente (del mismo signo político), y de las anteriores.

Pero esa es otra historia que sólo viene al caso, también de rondón. Aunque próximamente volveremos sobre el tema en nota específica.

Qué lástima. Lastima… (sin acento)

Raúl Jorge Carreira

[email protected]

 

A

 

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7 Thoughts to “COBRANZA ELECTRÓNICA: NUEVA RESOLUCIÓN E INICIO DEL RÉGIMEN. CUADRO DE SITUACIÓN.”

  1. Yo no puedo entender, que yo tenga que usar un controlador fiscal, para facturar las operaciones de las compañías de seguro, o sea tendría que tener un controlador por cada compañía que vendo (en mi caso 10).
    En promedio con 20 pólizas en cada una, con una comisión del 15 % promedio, ¿va a proveer la compañía el controlador?. Porque cada uno, cuesta alrededor de $ 12.000.- y encima ninguno sería para facturar mis comisiones
    Y después tengo el impuesto al débito y crédito, que no lo puedo descontar con nada.
    Hasta ahora ninguna solución lógica.
    Hice una denuncia a la SSN por dos oficinas truchas, que cobran los seguros, pero la gente no tiene póliza. Hacen recibos de ellos utilizando un CUIT inexistente,y utilizando una matrícula de una PAS de Salta, siendo que estamos en Villa Mercedes, San Luis.
    Vilma Zaida Vilches (PAS)

  2. Opino que esta Resolución es ilegal, ya que viola la libertad de comercio; y es altamente ofensiva porque pone en una misma línea a todos los productores asesores de seguros, tildándonos de fraudulentos.
    Se nos ningunea llamándonos en forma despectiva, intermediarios; mofándose de nuestra profesión e idoneidad para el cargo que desempeñamos; y por último pasa por encima de la ley que nos regula, donde dice que estamos autorizados a cobrar con recibo, aunque la firma sea facsimilar. Es decir, una norma viola una ley que hasta donde yo sé no se ha modificado.
    Néstor Luongo (PAS)

  3. Carmen Gilardi

    Si previamente no cambian la ley de seguros, que autoriza la cobranza por nuestra parte, estamos frente a otro ERROR. Cosa que está de moda…
    Carmen Gilardi (PAS)

  4. Menos mal que somos incombustibles los PAS…
    Todos los cambios se nos apoyan en el lomo…
    Esperemos que realmente sirva para algo…
    Carlos Carubia (PAS-Concordia-Entre Ríos)

  5. Sucede que seguimos siendo unos corderitos, nosotros, las compañías y nuestras instituciones (AAPAS, FAPASA, etc).
    1) Si es ilegal: recurso de amparo, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
    2) Si nos pusiéramos todos en rebeldía ¿qué podrían hacer ? ¿cerrar todas las compañías? ¿Sancionar a los 36.000 productores?.
    No basta con poner en la SSN gente de confianza del gobierno, inexperta en seguros. Hay infinidad de expertos que podrían comprender mejor el mercado y adoptar medidas eficientes y no mera burocracia como la que implementan. Además, el vice-superintendente es un hombre de la banca, ¿qué puede esperar nuestro canal de venta (PAS) y la banca-seguros? ¿Para qué tenemos la 22400 y todas las obligaciones que de ella emanan, cuando un banco o una empresa de electrodomésticos, te venden un seguro?
    «Da lo mismo que sea cura, colchonero, rey de bastos, caradura o polizón…»
    Eduardo Salerno (PAS)

  6. Excelente comentario de Sr. Salerno.
    Yo, como PAS matriculado tengo, además, pagos de matrícula, PCCs, Arba, Agip, obvio Afip, últimos días p/abrir código en una Cia. que Certif. del Banco, Veraz, declaración ante UIF, etc., etc. Ni que fuera a abrir una aseguradora,
    Pero hace unos años fui auditor de calidad en un call center que vendía seguros, y tenía a cada rato que sacar de línea a chicos operadores que vendían cualquier «verdura». Obvio, en su vida vieron una póliza, ni la de ellos. Y la gente confiada aseguraba hasta costosos Audis y M.Benz.
    Es una gran injusticia, lo de los Institorios una real COMPETENCIA DESLEAL E IRRESPONSABLE y una banalización y subestimación de la función profesional de un PAS o Broker, que en mi, caso, más de 30 años de lucha pasando por terribles momentos, como a fines de los 90: cierre del Inder y caída de múltiples compañías, que perdí casi toda mi cartera y tuve casi que recomenzar desde cero, como muchos…
    Aldo Merlós (PAS-Canals-Córdoba)

  7. En el tema de compañía y PAS que no trabajan como debería ser, creo que tiene gran responsabilidad la SSN. ¿O quién es el Órgano de Control?
    En Tucumán, proliferan las oficinas y PAS que hacen lo que quieren y nadie les dice nada, mientras tanto, los que tratamos de hacer las cosas bien, caemos en la misma bolsa.

    Roberto Dalmacio Díaz (PAS – Tucumán)

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