UNA REVISIÓN DE LA CONSTITUCIONALIDAD DEL RÉGIMEN DE SUPERVISIÓN DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA ARGENTINA (*)

Resumen A partir de la constitucionalización de los derechos de usuarios de los servicios públicos, y la necesaria creación de entes reguladores independientes con participación de sus representantes, el régimen de supervisión de la actividad aseguradora devino en inconstitucional. Su adecuación al régimen del art. 42 CN, no puede esperar. I – Introducción 1- Disparador y Alcances del Trabajo El 27 de Octubre de 2.015 la Superintendencia de Seguros de la Nación dicta la resolución general n° 39.517/15, publicada en el Boletín Oficial el día siguiente, por la cual obliga…

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